Durante esta jornada de jueves, el Tribunal Constitucional (TC) informó que declaró inadmisible el recurso de nulidad que presentó la defensa de Martín Pradenas.

En este sentido, el requerimiento que había interpuesto la Defensoría Penal Pública correspondía a una acción de inaplicabilidad, en favor de Pradenas, para que se declarase contrario a la Constitución el artículo 387, inciso segundo del Código Procesal Penal, el cual impide que la defensa interponga un recurso de nulidad en contra de la sentencia que fue decretada en el segundo juicio.

Según la defensa, la norma “vulnera el debido proceso y el derecho a defensa, al impedir que un tribunal superior revise esa sentencia”.

El recurso había sido acogido a trámite el pasado miércoles 2 de agosto. Sin embargo, esta semana el tribunal resolvió rechazar la acción judicial, consignó La Tercera.

De esta manera, se mantiene la sentencia de 17 años de cárcel para Martín Pradenas por cinco delitos de abuso sexual y dos de violación.

Finalmente, cabe recordar que la Corte de Apelaciones de Temuco acogió el pasado jueves 10 de agosto el recurso de amparo que presentó la defensa del sentenciado, determinándose así que permanezca en la cárcel de Nueva Imperial (Región de La Araucanía) y que no sea trasladado a Valdivia (Región de Los Ríos) hasta que se resuelvan los otros recursos pendientes.