Durante esta tarde de lunes, se comunicó que la Corte Suprema revocó  la libertad condicional de Celestino Córdova, luego de la sentencia adoptada por la Corte de Apelaciones de Temuco que otorgaba el beneficio.

En este sentido, de acuerdo a la sentencia emitida por el máximo tribunal del país, para que se le otorgue la libertad condicional, una persona debe cumplir con una serie de requisitos entre ellos contar con un informe de postulación psicosocial elaborado por Gendarmería.

De esta manera, el documento indica que la libertad condicional otorgada a Córdova “se encuentra debidamente cimentada en el informe psicosocial evacuado por Gendarmería en el mes de marzo de 2023, el que permite entender, independiente de la satisfacción de los requisitos formales, que debe existir en el beneficiario, un actuar proclive a la reinserción social, lo que no es compatible con la falta cuestionamiento que mantiene el amparado y que resulta revelado por el informe en referencia”.

En esta línea, agrega que el condenado no presenta “conciencia del delito ni del mal ocasionado con su conducta, destacando que no presenta rasgos ni características de un trastorno psicopático”.

“Mantiene un relato estructurado respecto del delito sin observarse variaciones en torno a esta temática, como tampoco culpa respecto del delito por el cual cumple condena”, apunta.

De esta manera, el fallo advierte que por lo anterior “Más allá del cumplimiento de ciertos requisitos objetivos para acceder al beneficio, es menester que se manifieste una actitud compatible con el propósito de rehabilitación o reinserción social, lo cual no se condice con la ausencia de enjuiciamiento crítico de su comportamiento”.

Cabe recordar que Córdova fue condenado en 2014 a 18 años de prisión, en calidad de coautor del delito de incendio con resultado de muerte del matrimonio Luchsinger Mackay en su fundo de Vilcún.