El Diario Oficial publicó este martes 17 de enero, la Ley 21.533 , reforma aprobada por el Congreso para dar inicio a un nuevo proceso constituyente.

El Poder Legislativo, puede designar a los 24 medios de la comisión experta.

Con cuatro séptimos de sus miembros en ejercicio, la Cámara Baja y el Senado en una sola votación y con paridad de género, cada uno debe designar su propia mitad de los integrantes.

Podrá ser electo como integrante de la comisión experta, todo ciudadano con derecho a voto, tener un título universitario o grado académico de al menos 8 semestres de duración junto con acreditar experiencia profesional, técnica y/o académica no inferior a diez años, en sector público o privado.

El trabajo de los expertos iniciará el 6 de marzo, el que se puede extender hasta tres meses y debe finalizar con un anteproyecto para el Consejo Constitucional.

En tanto, el Consejo Constitucional que estará compuesto por 50 miembros, se elegirá por la ciudadanía el próximo 7 de mayo con paridad de género y bajo modelo senatorial.

El proceso constitucional iniciará el 7 de junio, pudiendo prolongarse por cinco meses y debe concluir con la entrega de una propuesta definitiva al Presidente.

El tercer componente del nuevo proceso constituyente es el Comité Técnico de Admisibilidad.

Sus funciones iniciarán el próximo 6 de marzo con 14 miembros, de forma paritaria.

El Comité estará encargado de resolver los requerimiento que se interpongan contra las propuestas de normas aprobadas por la comisión o por el plenario del consejo.

Los miembros del Comité Técnico de Admisibilidad deberán ser ciudadados con derecho a sufragio, tener el título de abogado con al menos 12 años de experiencia en el sector público o privado y “acreditar una destacada trayectoria judicial, profesional y/o académica”.