Este lunes, el pleno de la Convención Constitucional aprobó el artículo 12 A que fue presentado por la Comisión de Medio Ambiente en el que se declara al agua, el aire, los bosque nativos y la alta montaña, entre otros elementos como bienes comunes naturales.

Tras recibir 103 votos a favor, el pleno consagró como “bienes inapropiables” el aire y al agua en todos sus estados.

“Son bienes comunes naturales el mar territorial y su fondo marino; las playas: las aguas, glaciares y humedales; los campos geotérmicos; el aire y la atmósfera; la alta montaña, las áreas protegidas y los bosques nativos; el subsuelo y los demás que declaren la Constitución y la ley”, indica el artículo.

“Entre estos bienes son inapropiables el agua en todos sus estados y el aire; los reconocidos por el derecho internacional; y los que la Constitución o las leyes declaren como tales”, agrega.

En la misma sesión fue aprobado además el artículo 12B, el que determina que “tratándose de bienes comunes que sean inapropiables, el Estado deberá preservarlos, conservarlos y, en su caso, restaurarlos. Deberá asimismo administrarlos de forma democrática, solidaria, participativa y equitativa”.

“Respecto de aquellos bienes comunes naturales que se encuentren en el dominio privado, el deber de custodia del Estado implica la facultad de regular su uso y goce, con finalidades establecidas en el artículo primero”, recalca el inciso dos.

El pleno aprobó igualmente los artículos 12 C y D , en el que se autoriza a cualquier persona a exigir el cumplimiento de estos deberes constitucionales, al uso de estos bienes, aunque de forma “temporal”.

“El Estado podrá otorgar autorizaciones administrativas para el uso de los bienes comunes naturales inapropiables, conforme a la ley, de manera temporal, sujeto a causales de caducidad, extinción y revocación, con obligaciones específicas de conservación, justificadas en el interés público, la protección de la naturaleza y el beneficio colectivo. Estas autorizaciones, ya sean individuales o colectivas, no generan derechos de propiedad”, concluye.