La Corte Suprema resolvió ratificar la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago del 17 de mayo de 2017, que rechazó un recurso de protección interpuesto por AFP Planvital en contra de la Superintendencia de Pensiones.

De este modo, la Justicia ha respaldado la decisión de este organismo regulador de ordenarle a la administradora de abstenerse de implementar un plan de reestructuración que involucraba el cierre del 44% de sus sucursales y centros de servicio en todo el país, sin medidas de mitigación adecuadas.

La resolución de la Corte Suprema se aprobó por la unanimidad de sus cinco miembros, lo que se suma al fallo unánime de los tres integrantes de la Corte de Apelaciones de Santiago.

A través de un comunicado, la Superintendencia indicó que «estos fallos confirman que se ha actuado apegado a lo que, tanto la ley como las normas, obligan en el desempeño como organismo fiscalizador, que es la protección de los afiliados del sistema previsional chileno.

Agregaron que «en este caso, se constata que este servicio cuenta con atribuciones para supervisar la calidad de servicio que las administradoras deben proporcionar a las personas que están sirviendo».

Respecto de este tema, como de cualquier otro, la Superintendencia de Pensiones indicó que «perseverará en su deber de cautelar el mejor interés de los afiliados, de modo que todas las AFP cumplan con el ordenamiento legal vigente».