El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) dictó una circular interpretativa con el objetivo de establecer las principales directrices, principios y buenas prácticas que le son aplicables a la publicidad nativa y a los influencers.

De acuerdo a lo señalado por la entidad, se establece que la responsabilidad civil e infraccional en caso de incumplimientos a la Ley del Consumidor en términos publicitarios recae sobre la empresa anunciante.

Junto a ello, el Sernac indicó que los influencers,  serán responsables por infracciones a la Ley del Consumir cuando sean ellos quienes comercialicen y ofrezcan sus propios productos o servicios, es decir, en aquellos casos que actúen en calidad de proveedores anunciantes.

En este sentido, el organismo fiscalizador señaló que el objetivo de la circular es  fomentar la implementación y cumplimiento de buenas prácticas, tanto por parte de las empresas como de los influencer, entre ellas, la necesidad de identificar de forma clara y destacada el contenido publicitario; el vínculo entre el anunciante y el influencer; la necesidad de la exposición clara de las características del producto; el no promover estereotipos; o no difundir productos que puedan afectar la salud; entre otros aspectos relevantes.

Tras la dictación de esta nueva normativa, el Subdirector del SERNAC, Jean Pierre Couchot, explicó que “no es lo mismo creer que un ‘influenciador’ usa un producto porque le gusta, que saber que lo usa porque una marca le paga para publicitarlo. Lo consumidores muchas veces confían en la espontaneidad del mensaje publicitario”.

En esta misma línea, la autoridad recalcó que, si bien se trata de un tema relativamente nuevo, es importante que este tipo de publicidad se ajuste a lo exigido por la Ley del Consumidor.

Finalmente, Couchot fue enfático y recordó que “la Ley del Consumidor establece también que la publicidad debe ser claramente identificable, porque un consumidor puede tomar una decisión de consumo guiándose por información incompleta o que induce a error”.