Durante la jornada del martes, el Gobierno de manera sorpresiva publicó en el Diario Oficial un decreto que crea la “Comisión Asesora contra la Desinformación”, instancia que tendrá por objetivo asesorar al Ministerio de Ciencia y al de la Secretaría General de Gobierno (Segegob) “en aspectos que permitan analizar el fenómeno global de la desinformación y su manifestación a nivel local en Chile”.

De acuerdo al decreto, la comisión será de carácter temporal y tendrá un composición académica, en donde se abordarán temas como el impacto de la desinformación en la calidad de la democracia, educación y desinformación, alfabetización digital, desinformación en plataformas digitales, buenas prácticas internacionales/experiencia comparada y políticas públicas y desinformación.

Para el cumplimiento de su cometido, el órgano tendrá como funciones el recomendar a los ministros o ministras de Ciencia “las medidas y/o elementos que contribuyan al desarrollo de la política pública sobre la base del análisis de los distintos conocimientos asociados a la relación entre la desinformación y el debilitamiento de la democracia”.

También deberá asesorar técnicamente la participación del Ministerio Secretaría General de Gobierno “en el Hub de Desinformación de la OCDE y en las instancias internacionales relevantes para la temática de la desinformación y su impacto en la democracia. Sin perjuicio de las atribuciones que le correspondan ejercer al Ministerio de Relaciones Exteriores”.

Asimismo, tendrá dentro de sus competencias “elaborar informes de actividades que contengan las propuestas o conclusiones que surjan en el marco de su funcionamiento, proponer recomendaciones y resolver consultas sobre las temáticas señaladas, previamente formuladas por parte de Segegob y/o del Ministerio de Ciencia”.

Respecto a su composición, el decreto señala que esta será presidida por el ministro o ministra de Ciencias o por un funcionario de dicha cartera que sea designado en su representación, además, a los cual se sumarán: Dos representantes de Universidades Estatales, Un representante de una Universidad Privada incluida en el artículo 1° del DFL N° 4, de 1981, del Ministerio de Educación, Un representante de una Universidad Privada no incluida en el artículo 1° del DFL Nº 4, de 1981, del Ministerio de Educación, Un representante de una Universidad cuya sede principal se encuentre fuera de la Región Metropolitana, Tres representantes de una ONG, Fundación o de la Sociedad Civil, indistintamente, cuyas actividades se relacionen con el objeto de la comisión y Un representante de una Organización de Fact-Checking.

La designación de los integrantes se realizará mediante los actos administrativos respectivos, correspondiendo al ministro de Ciencia designar los nueve integrantes, previa consulta al titular de la Secretaría General de Gobierno.

Finalmente, el documento detalla que funcionará en las fechas que determine su presidente o presidenta, en las dependencias del Ministerio de Ciencia en la ciudad de Santiago o en otro lugar, y sus sesiones podrán ser presenciales, telemáticas o híbridas, según se considere necesario, siempre que los miembros de la comisión puedan intervenir de forma simultánea.