El Pleno de la Convención Constitucional, aprobó durante la tarde de este miércoles una serie de modificaciones de la Comisión de Sistemas de Justicia a artículos que fueron previamente rechazados en general y en particular.

Una de las normas previamente rechazadas de forma general y luego de ser actualizada fue añadida en el informe de reemplazo, es la inamovilidad de los jueces, del que fue eliminada la parte que indicaba que el Consejo de Justicia tendrá la facultad de remover a un juez.

El texto aprobado establece que “las juezas y jueces son inamovibles. No pueden ser suspendidos, trasladados o removidos sino conforme a las causales y procedimientos establecidos por la Constitución y las leyes”.

PLURALISMO JURÍDICO

Posteriormente, el Pleno aprobó el artículo sobre pluralismo jurídico.

El texto señalaba previamente que “el Sistema Nacional de Justicia coexiste, en un plano de igualdad, con los Sistemas Jurídicos Indígenas». Tras los cambios, ahora indica que «el Estado reconoce los sistemas jurídicos de los Pueblos Indígenas, los que en virtud de su derecho a la libre determinación coexisten coordinados en un plano de igualdad con el Sistema Nacional de Justicia”.

Consagra además que “cuando se trate de personas indígenas, los tribunales y sus funcionarios deberán adoptar una perspectiva intercultural en el tratamiento y resolución de las materias de su competencia, tomando en consideración sus costumbres y tradiciones (…)”.

El Pleno aprobó además establecer que “la función jurisdiccional se ejerce exclusivamente por los tribunales de justicia y las autoridades de los pueblos indígenas reconocidos por la Constitución o las leyes dictadas conforme a ella”.