La Corte de Apelaciones de Santiago desestimó un recurso de casación interpuesto por Canal 13 y confirmó el fallo que ordenó a la señal televisiva pagar una indemnización por daño moral a dos empresas de aceite de oliva por la emisión de un reportaje de investigación en 2013.

En fallo unánime, la duodécima sala del tribunal de alzada ordenó al canal de TV pagar en total $160 millones a las empresa Deoleo SpA y Valverde Hermanos S.A.

Al respecto, la resolución establece que «las personas jurídicas legalmente constituidas pueden demandar la reparación de los daños materiales y morales que se les irroguen con dolo o culpa; pero tratándose de estos últimos solo cuando provengan de atentados a su nombre o reputación, mas no a sentimientos de afección».

Finalmente, se indicó que «de acuerdo al mérito del proceso y las opiniones emitidas en el programa Contacto, se ha producido respecto de las demandantes de autos».