Sernac+fiscaliza+publicidad+en+la+venta+de+estufas+de+retailsEl Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) ofició a 8 empresas con el propósito de que adecúen su publicidad a los estándares exigidos por la Ley del Consumidor, además de denunciar a una de ellas por no entregar información relevante para el consumidor.

Con el propósito conocer el comportamiento publicitario de los locales que comercializan estufas y poder tomar las medidas necesarias en caso de incumplimientos a la Ley, Sernac hizo un estudio que incluyó la oferta difundida en los diversos medios de comunicación.

El estudio analizó las piezas publicitarias aparecidas en los medios de prensa escrita de la Región Metropolitana, además de la publicidad difundida en la televisión abierta y los catálogos de las tiendas, accesibles mediante sus páginas web, entre el 26 de abril al 10 de mayo 2013.

Qué encontró el estudio del Sernac:

Uso de frase hasta agotar stock (Las empresas tienen la obligación de informar el tiempo o plazo de duración de una promoción, además del stock disponible del producto)
Comprobabilidad de características mencionadas en publicidad (este tipo de afirmaciones requieren siempre ser comprobables, pues de lo contrario, podrían inducir a error o engaño a los consumidores).
Falta de información en las condiciones crediticias ofrecidas (es obligación que las empresas que venden productos a crédito indicar la Carga Anual Equivalente (CAE) y el Costo Total del Crédito (CTC))
Escaso tiempo dedicado a informar condiciones (las empresas observadas destinan menos del 10% del tiempo para informar respecto de las bases y condiciones).
En base a las conclusiones del estudio, el Sernac decidió oficiar a 8 empresas (Easy, Homecenter, Lider, Mademsa, Ripley, Corona, Falabella, París), por este incumplimiento, sin descartar acciones judiciales en caso de una respuesta insatisfactoria.

Por otro lado, el Servicio denunciará a la justicia a la multitienda Paris, debido a que en sus avisajes promocionales no entregó información relevante, como las bases y tampoco la vigencia de las mismas; además informar el CAE y el Costo Total del Crédito en letra más pequeña que la cuota de referencia.