Luego de varios meses de batalla, la compañía china de realidad virtual, Pico Technology, registró dos de sus marcas en Chile.

Previamente, la inscripción de la marca fue rechazada por el Instituto Nacional de Propiedad Industrial (Inapi).

Inapi alegó en esa oportunidad que la inscripción de la marca Pico, correspondía a una “señal que atenta contra las buenas costumbres y la moral”.

Según consigna el Diario Financiero, la empresa china llegó al al Tribunal de Propiedad Intelectual (TPI) para apelar el fallo de Inapi, siendo ratificada la decisión inicial por TPI.

“La misma expresión es usada, por el público medio consumidor, de manera uniforme en el país, como un garabato alusivo al órgano sexual masculino. De suerte que, en el contexto nacional es una denotación de la cual la palabra no puede desprenderse”, indicó.

Tras esta decisión, la empresa de realidad virtual solicitó el registro de Pico Globin y Pico Neo, que si bien fueron rechazadas por Inapi, si fue aceptada su inscripción por el Tribunal de Propiedad Intelectual.

“El signo pedido está estructurado en base a dos términos, Pico y Neo, donde el conjunto del mismo no puede estimarse que atenta contra la moral y las buenas costumbres, no sólo porque la expresión Pico también es usada por los consumidores en Chile refiriéndose a la parte saliente de la cabeza de las aves o de (…) un beso superficial en los labios o la hora en que se produce mayor aglomeración en los transportes”, indicó el nuevo fallo.

Finalmente, escribieron que “la incorporación de otros conceptos como Neo, que no tiene significado vulgar, permitiendo de esta manera superar la objeción formulada por el sentenciador de primer grado, resultando un rótulo que no tiene una naturaleza escandalosa, obscena o vulgar, que implique algún menoscabo a los consumidores”.