La Corte Suprema, en decisión unánime, revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, y acogió el recurso de protección presentado por el Instituto Nacional de Derechos Humanos de Valparaíso, en favor de los habitantes de la Provincia de Petorca, para garantizar el acceso a 100 litros diarios de agua potable por persona.

En este sentido, la acción constitucional presentada el pasado 20 de mayo de 2020 cuestionaba la omisión ilegal de la Secretaría Regional Ministerial de Salud y la Gobernación de Petorca, de adoptar todas las medidas necesarias para proveer de agua potable en cantidad suficiente y adecuada, para abastecer a las personas de zonas de Petorca, Cabildo y La Ligua, para efectos de que éstas pudieran ejercer las medidas de higiene y saneamiento necesarias para prevenir y contener los contagios por el virus COVID-19.

De esta manera, el abogado y vocero INDH, Carlos Bellei, explicó que en primera instancia, la Corte de Apelaciones de Valparaíso, con fecha 8 de octubre de 2020, rechazó la acción. Esa decisión fue apelada en su momento por el INDH y “hoy, la Corte Suprema revocó dicha sentencia, ordenando a las instituciones antes señaladas la adopción de medidas para asegurar a dichas comunidades un abastecimiento de agua potable no inferior a 100 litros diarios persona”, explicó.

Junto a ello, recalcó que el máximo Tribunal señaló que “toda persona, por su dignidad de tal, tiene el derecho humano de acceso al agua potable, en condiciones de igualdad y no discriminación; derecho que posee, como correlato, el deber del Estado de garantizar el acceso en las mencionadas condiciones”.

Cabe recordar que el problema de escasez hídrica en la Provincia de Petorca se arrastra hace años, situación que llevó a que en  2020 se declarara zona de catástrofe por escasez hídrica.