El Servicio de Impuestos Internos -SII-, detectó que que 437.703 trabajadores dependientes presentaron diferencias entre el monto que autodeclararon como sueldo tributable de julio de 2020 y  el real calculado a partir de sus cotizaciones previsionales obligatorias o de lo efectivamente percibido, situación que les llevó a cumplir con  los requisitos establecidos en la Ley para la entrega del Aporte Fiscal para la Clase Media.

De esta forma, este grupo no cumple con el requisito legal de tener una disminución de un 30% o más en sus remuneraciones de dicho mes, respecto del promedio de ingresos totales de 2019.

Por lo cual, 400.603 trabajadores del sector privado y 37.100 funcionarios del Estado, habrían percibido el beneficio involucrando recursos fiscales por  casi US$256 millones.

Análisis realizados

Respecto del proceso sobre el cual se realizó esta revisión de “procedencia del beneficio”, establecida en el artículo 13 de la Ley N°21.252. Se detalló que se solicitaron antecedentes que le permitieran acceder a la información correspondiente a los sueldos obtenidos por los trabajadores dependientes en julio pasado. Por ello, requirió esta información a las Superintendencias de Pensiones y Seguridad Social, BancoEstado, la Contraloría General de la República, la Tesorería General de la República y la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC). De esta forma, a partir de las cotizaciones previsionales obligatorias pudo determinar el sueldo tributable mensual y verificar si los contribuyentes tenían efectivamente la caída de al menos el 30% en sus remuneraciones de julio, requerida por la Ley.

Una vez realizado los cruces de información, se procedió a descartar los registros de trabajadores que contaban con pago de seguro de cesantía, por encontrarse sin empleo o en alguna situación de suspensión laboral, de acuerdo a información entregada por la AFC. Así como aquellos que estaban con licencia médica o con permiso por reposo laboral por 20 días o más, según los antecedentes disponibles proporcionados por la Superintendencia de Seguridad Social. También se eliminaron los registros de los trabajadores que habían hecho devolución del Bono.

Finalmente, se indicó que para incluir la posibilidad de un error por parte de los involucrados, a los valores registrados se les aplicó un margen de variación del 5%.

Proceso de restitución

Tras esta verificación, el SII anunció que estableció un procedimiento para que los trabajadores restituyan los montos percibidos indebidamente, sin reajustes, multas ni intereses, a través de una plataforma disponible en el sitio web de la Tesorería General de la República, hasta el 30 de noviembre. Una vez concluido este proceso, se determinarán las acciones respecto de quienes no realicen esta devolución.

El Servicio contactará en los próximos días a estos trabajadores informándole su situación, quienes tendrán la posibilidad de aportar antecedentes que comprueben circunstancias eventualmente no contempladas.