La noche del miércoles, el Senado tras una maratónica jornada aprobó en general el proyecto de reforma constitucional que permite el retiro excepcional de fondos previsionales desde las cuentas de AFP.

En este sentido, la Cámara Alta aprobó por 29 votos a favor, 13 en contra y una abstención, la disposición que posibilita el retiro del 10% estableciendo un monto máximo de retiro de 150 UF y un piso mínimo de 35 UF.

Tras esto, la sala dio paso a la votación en particular de las indicaciones ingresadas por los parlamentarios en la Comisión de Constitución.

de esta forma, la Sala aprobó por 29 votos a favor, 14 en contra y 0 abstención las indicaciones que establecen que los montos no constituirán renta o remuneración para ningún efecto legal y la que señala que los fondos retirados se considerarán extraordinariamente intangibles para todo efecto legal, y no serán objeto de retención, descuento, compensación legal o contractual, embargo o cualquier forma de afectación judicial o administrativa, ni podrá rebajarse del monto ya decretado de la compensación económica en el juicio de divorcio, sin perjuicio de las deudas originadas por obligaciones alimentarias.

En esta misma linea, se aprobaron por 29 votos a favor, 14 en contra y cero abstenciones otras cinco indicaciones que establecen:  el retiro de fondo hasta 365 días después de la publicación de la reforma; la creación  de una Cuenta 2, donde se transferirán los montos que retirarán los afiliados, sin comisiones ni costos; la que  incluye en la definición de afiliados a toda persona que pertenezca a dicho sistema, incluidas aquellas que sean beneficiarias de una pensión de vejez, de invalidez o sobrevivencia; El método de entrega de los fondos: 50% en un plazo de 10 días hábiles desde la solicitud, y el otro 50% en 30 días hábiles a contar del primer desembolso; y finalmente la que establece que el sistema de transferencia de fondos no tendrá costo para los afiliados.

Por otro lado, la Cámara Alta rechazó 7 votos a favor, 25 en contra y 10 abstenciones la indicación que creaba la figura del Fondo Colectivo Solidario de Pensiones, el cual estaría conformado por aportes de los empleadores y del Estado, y cuyo objetivo sería financiar los montos retirados.