Tras rechazar el recurso de nulidad interpuesto por la defensa, la Corte de Apelaciones de Iquique confirmó la sentencia que condenó al profesor Patricio Mamani Ordenes a la pena de 8 años de presidio efectivo, por su participación en el abuso sexual de dos alumnas de establecimientos educacionales de la comuna de Pica.

En el fallo, los ministros Mónica Olivares y Rafael Corvalán y el fiscal judicial Jorge Araya rechazaron el recurso interpuesto por la defensa del acusado, señalando que los jueces que estuvieron en el juicio oral y resolvieron condenar a Mamani Ordenes, “explican y detallan en el fallo cuestionado cada una de las críticas enarboladas por la defensa en su recurso, no ignorando medio de prueba alguno, explicando cómo

arriban a cada una de las conclusiones que finalmente llevan a dictar sentencia condenatoria y que destruyen la presunción de inocencia que favorece a todo imputado”.

La Corte estimó que los jueces realizaron en la sentencia una exposición clara, lógica y completa de cada uno de los hechos y circunstancias que se dieron por probados, por lo que necesariamente deben rechazar el recurso interpuesto.

En el juicio oral, el fiscal (s) del Tamarugal, Javier Gutiérrez, presentó numerosa prueba testimonial y pericial que permitió acreditar que el año 2013, el acusado realizó actos de connotación sexual con una alumna de 10 años de edad, a quien le pedía que practicaran el baile denominado “El koala”, al interior de un colegio de Pica; y también con una alumna de 13 años de edad de un establecimiento educacional de la localidad de Matilla, a quien realizó tocaciones de significación sexual.