sábado 6 julio de 2019 | Publicado a las 11:32 am · Actualizado a las 11:32 am
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Asignación Familiar 2019: Conoce quien puede cobrarlo y como se solicita
Este beneficio se entrega de manera mensual a cada beneficiario por cada carga familiar mientras cumpla los requisitos establecidos por ley.
En el mes de julio, se realiza la actualización de tramo de la Asignación Familiar que es un beneficio estatal destinado a trabajadores dependientes, independientes, pensionados y subsidiados, que cumplan con ciertos requisitos y que depende del nivel de sus ingresos.
Este beneficio se entrega de manera mensual a cada beneficiario por cada carga familiar mientras cumpla los requisitos establecidos por ley.
A partir de esta actualización de tramos los montos a recibir por los beneficiarios a partir de julio de 2019 a junio del 2020 recibirán los siguientes:
Cabe destacar que para ser beneficiario de la Asignación Familiar se deben tener reconocidas y acreditadas a las cargas familiares.
Este trámite se realiza a través de una caja de compensación, una AFP, el IPS, entre otras entidades.
Una vez realizado el reconocimiento de cargas familiares, el trabajador comenzará a recibir el pago del beneficio.
Las personas que pueden acceder al beneficio son:
- Trabajadores dependientes sector público y privado.
- Trabajadores independientes afiliados a un régimen previsional al 1º de enero de 1974, que contemplara entre sus beneficios el de Asignación Familiar.
- Trabajadores independientes obligados o no a cotizar en el sistema de AFP, que hayan acreditado cargas en el IPS.}Personas con Subsidio de Cesantía o Subsidio por Incapacidad Laboral (licencia médica).
- Pensionados de cualquier régimen.
- Pensionados de viudez y madre de los hijos de filiación no matrimonial del trabajador o pensionado.
- Instituciones del Estado a cargo de niños huérfanos, abandonados e inválidos.
- Personas naturales con niños a su cargo, por resolución judicial.
- Trabajadores con derecho a prestaciones del Fondo de Cesantía Solidario que al momento de quedar cesantes percibían asignación familiar.
- Beneficiarios de PBS de Vejez o Invalidez. Solo en relación con su descendencia.
- Los beneficiarios del Subsidio para personas con discapacidad mental menores de 18 años.