El Vigésimo Cuarto Juzgado Civil de Santiago condenó al fisco a pagar una indemnización total de $40.000.000 (cuarenta millones de pesos) a la viuda e hija de fallecido en accidente ferroviario en 2003, cuyos restos permanecieron extraviados en el Servicio Médico Legal (SML).

En el fallo , la magistrada Patricia Ortiz von Nordenflycht estableció la responsabilidad del Estado por falta de servicio en el extravió del cuerpo de funcionarios públicos.

El fallo señala «que de acuerdo a los hechos asentados anteriormente, en especial, la constatación que los funcionarios del Servicio Médico Legal, no cumplieron con las obligaciones establecidas en las letras a) y c) del artículo 61 del Estatuto Administrativo, por no haber ingresado formalmente los restos de don J.A.U ., ni tomado las medidas necesarias y apropiadas para su posterior ubicación y entrega a sus familiares».

Respecto de la falta de servicio , el tribunal declaró «el cumplimiento de las funciones necesarias para resguardar, adecuadamente, los restos de quien fuera el cónyuge y padre, respectivamente, de las actoras de autos, otorgar una información adecuada y entregar, debidamente y en forma oportuna, dichos restos a sus deudos», sostiene el fallo.

Resolución que agrega: «Independientemente de no haber resultado probado en autos, en forma fehaciente, que las actoras hayan efectuado otras gestiones, antes del 22 de noviembre de 2010, para poder encontrar y saber del paradero de don José Alarcón Ulloa, ha quedado acreditado que las mismas no podrían haber sabido de aquel, sino hasta después de la inscripción del fallecimiento, en 2004, y cuando ya pudieron constatar la muerte del mismo, en 2010, igualmente no pudieron recibir los restos mortales de su familiar, sino hasta el 25 de noviembre de 2015, cuando se encontró el cuerpo, por el personal del Servicio Médico Legal».

Por último, la sentencia declara que su preocupación de que no exista un protocolo o procedimiento para «notificar, oportuna y adecuadamente, a los familiares de una víctima cuya identidad ya haya sido determinada, y que les permita, eventualmente, el solicitar o retirar los restos de sus seres queridos», añade.