La Justicia condenó a los controladores del grupo Penta, Carlos Alberto Délano y Carlos Eugenio Lavín a cuatro años de presidio menor en su grado máximo, además de una multa de $ 857 millones para cada uno, que equivale a una sanción del 50% del valor de los tributos eludidos.

Sin embargo, los dos empresarios cuentan con el beneficio de poder sustituir su pena de cárcel por libertad vigilada. Para ello, deberán -entre otras condiciones- asistir a clases de ética empresarial.

La resolución judicial indica que «se sustituye la pena privativa de libertad impuesta a los sentenciados por la de libertad vigilada intensiva por el plazo de cuatro años. (…) Los sentenciados deberán cumplir las condiciones en la mencionada ley, consistente en la obligación de cumplir un programa formativo sobre ética en la dirección de empresa, el cual deberá formar parte del plan de intervención”.

Para ejecutar este programa, Délano y Lavín deberán acudir a Gendarmería para trabajar en la elaboración de las clases de ética que deberán realizar.

Cabe consignar que la justicia también resolvió dejar a ambos empresarios con penas accesorias, inhabilitación absoluta y perpetua para derechos políticos, además de la inhabilitación absoluta para acceder a cargos públicos durante el tiempo de la condena.