La Corte Suprema condenó al Servicio de Salud Viña del Mar – Quillota (SSVQ) a pagar una indemnización de $130.000.000 a la madre, cónyuge e hijo de una paciente que falleció por la mala atención brindada antes, durante y posterior al parto en el Hospital Gustavo Fricke.

En fallo unánime, la Tercera Sala del máximo tribunal acogió el recurso de casación deducido y estableció la responsabilidad por falta de servicio de la parte demandada, en el deceso de Mariana González Fredes.

La resolución indica que «el buen funcionamiento del servicio implicaba atender la totalidad de los síntomas que refería la paciente de forma anterior y posterior al parto, especialmente la sensación febril, el aumento del volumen vulvar y el persistente dolor en la zona, tomando en cuenta, además, que el recién nacido ingresó a la UCI con el diagnóstico de probable infección connatal”.

Además, el fallo asegura que «los síntomas de la joven no fueron atendidos, administrándosele únicamente Ibuprofeno –al cual era alérgica– y frío local; es más, aún contando con el diagnóstico del neonato, no se trató inmediatamente a la madre por el mismo motivo, puesto que a ella los antibióticos le fueron suministrados únicamente ese día en la tarde”.

Por tanto, se configura «una falta de servicio de parte de los funcionarios del hospital, en tanto se omitió entregar a la paciente una adecuada y oportuna atención a los síntomas que presentaba, lo que habría permitido un correcto diagnóstico y tratamiento”.

Dicha omisión se erige «como la causa directa de que el foco infeccioso que la joven madre presentaba se mantuviera y derivara en el shock séptico que le causa la muerte, puesto que, como se dijo, un adecuado y oportuno diagnóstico (…) habría impedido que la infección por estreptococo produjera consecuencias que no fueron detectadas a tiempo y provocaron su muerte luego de cuatro días”.