Tribunal de alzada de Temuco rechazó el recurso presentado por la defensa del ex jefe de Inteligencia de Carabineros, con el objetivo de revocar su prisión preventiva.
Johanna Hernández y Francisco Silva quedaron privados de libertad por -al menos- 120 días, tiempo en que se deberá investigar el crimen del profesor Nibaldo Villegas.
El Juzgado de Garantía de Temuco consideró que la libertad del general (r) Gonzalo Blu constituye un peligro para el éxito de la investigación y para la seguridad de la sociedad».
Informe llevado a cabo por el Servicio Médico Legal determinó además que la menor presentaba lesiones en su rostro, cráneo y abdomen.
Héctor Palma fue puesto en prisión preventiva por considerar que no hizo nada para detener la golpiza de internos a dos imputados por el crimen de Margarita Ancacoy.
El Tribunal otorgó la medida cautelar de prisión preventiva para el imputado y un plazo de investigación de 90 días.
Defensa del ingeniero comercial solicitó una rebaja en las medidas cautelares. En concreto, pidieron que cumpliera arresto domiciliario.
Andrés Espinoza Aravena quedará privado de libertad por al menos seis meses, tiempos en que la Fiscalía deberá recopilar antecedentes del brutal acto.
Defensa del ingeniero comercial solicitó la modificación de las medidas cautelares, sin embargo, el Juzgado de Garantía de Santiago lo rechazó.
Mientras este sujeto quedará en prisión preventiva, su pareja, también presente en el asesinato de la adolescente, quedará en internación preventiva por ser menor de edad.
Sujeto fue detenido por Carabineros de Iquique luego que la madre denunciara que éste le propinó golpes de puño a la bebé en la cabeza, provocándole graves lesiones.
La ex Presidenta de Argentina se encuentra acusada de intentar exculpar a los sospechosos iraníes que ejecutaron el ataque a la AMIA en el que murieron 85 personas en 1994.
Fiscalía apeló a la decisión del Juzgado de Garantía, situación que fue acogida por la Corte de Apelaciones de Santiago. El ingeniero deberá volver al anexo penitenciario Capitán Yáber.
El individuo fue formalizado en calidad de autor del delito de porte ilegal de arma de fuego y municiones, previsto en la Ley de Control de Armas.