Feriados de Fiestas Patrias: Qué días son irrenunciables y qué comercios pueden abrir

De cara a las celebraciones de Fiestas Patrias, el calendario oficial contempla un fin de semana largo de tres jornadas de descanso, destacando el viernes 18 y sábado 19 de septiembre como feriados irrenunciables para el comercio.

PUBLICIDAD
WhatsApp Epicentro
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD

Con la aproximación de las celebraciones de Fiestas Patrias en el territorio nacional, el calendario laboral contempla tres jornadas consecutivas de descanso que darán forma a un fin de semana largo. En este marco, el viernes 18 y el sábado 19 de septiembre tienen carácter de feriados irrenunciables para los trabajadores del comercio, jornadas a las que se acoplará el domingo 20 para configurar el periodo festivo oficial.

PUBLICIDAD

Esta condición legal obliga al cierre programado del gran comercio mayorista y minorista en todo el país, incluyendo supermercados y centros comerciales, con el propósito de asegurar el descanso obligatorio fijado por el Código del Trabajo.

PUBLICIDAD

Marco normativo y comercios autorizados por la Ley N.º 19.973

La regulación de la actividad económica durante ambas fechas se encuentra normada en la Ley N.º 19.973, cuerpo legal que establece un catálogo taxativo de recintos exceptuados que pueden operar de forma legítima. La legislación permite el funcionamiento regular de restaurantes, clubes nocturnos, cines, recintos de espectáculos públicos, discotecas, pubs y cabarets.

PUBLICIDAD

Asimismo, la excepción laboral autoriza la atención continua en casinos de juego y locales comerciales ubicados en el interior de aeródromos civiles públicos y terminales aéreos de todo el país.

 

PUBLICIDAD

Servicios esenciales, farmacias y almacenes de barrio

Dentro de los servicios básicos habilitados, las estaciones de venta de combustibles podrán mantener su despacho habitual, beneficio que también cubre a sus tiendas de conveniencia adosadas a las gasolineras para la venta de víveres.

En materia sanitaria, permanecerán abiertas las farmacias de urgencia y los locales con turno ministerial fijado por la autoridad de salud, mientras que los negocios de barrio y almacenes podrán operar únicamente si son atendidos directamente por sus dueños o familiares directos.

PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
Síguenos en Google News: Google
Comunidad en Facebook: Facebook
Reportes por WhatsApp: WhatsApp
Suscríbete en YouTube: YouTube

PUBLICIDAD
Epicentro Chile