Superan los $780 millones: Embargan cuentas corrientes de JetSmart tras acumular 42 multas migratorias

Las infracciones, denunciadas por la PDI, se originaron por el traslado hacia Chile de pasajeros extranjeros que no contaban con visas ni documentos válidos de ingreso y por omitir la entrega de manifiestos de vuelo.

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El Servicio Nacional de Migraciones (Sermig) ejecutó el embargo de las cuentas corrientes bancarias de la aerolínea JetSmart debido al no pago de 42 multas administrativas cursadas entre los años 2023 y 2025.

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La medida judicial y administrativa se aplicó tras acumularse una deuda fiscal total de $781.422.879, equivalente a 10.820 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), derivada de infracciones reiteradas a la normativa migratoria vigente.

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Los antecedentes fueron denunciados por el Departamento de Migraciones y Policía Internacional de la PDI tras detectar el traslado a territorio chileno de pasajeros extranjeros sin visas ni autorizaciones legales, además del incumplimiento en la entrega obligatoria de manifiestos de vuelo.

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Resolución sancionatoria y fundamentos de la autoridad

Desde el Sermig precisaron que la retención bancaria se materializó una vez agotadas las etapas de descargos formales de la empresa, determinándose que las alegaciones de la compañía aérea no lograron desvirtuar las infracciones constatadas.

El director nacional del organismo, Frank Sauerbaum, ratificó la legalidad del procedimiento: “En cumplimiento de la Ley N.º 21.325, se han retenido las cuentas de una línea aérea por infracción a la legislación migratoria al transportar extranjeros sin la documentación requerida; son multas que no pagaron durante largo tiempo y la justicia nos ha dado la razón”.

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Fiscalizaciones y exigencias normativas a líneas aéreas

La autoridad migratoria confirmó que mantendrá los planes de auditoría y ciclos de capacitación técnica para aerolíneas comerciales con el fin de reforzar la verificación documental en los puntos de embarque de origen.

Dichas instrucciones consideran la aplicación estricta de la Circular N.º 6 sobre traslado de menores de edad y la Resolución Exenta N.º 15.106, acto administrativo que revocó la flexibilidad de documentos para pasajeros de nacionalidad venezolana tras la normalización de la atención consular bilateral.

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