El Presidente José Antonio Kast encabezó el hito de promulgación y publicación en el Diario Oficial de la Ley 21.827 “Escuelas Protegidas”. La iniciativa legal entrega a los establecimientos educacionales un nuevo marco normativo para prevenir episodios de violencia, reforzar la seguridad de los recintos y fortalecer la autoridad pedagógica de los docentes.
La legislación responde al incremento de las problemáticas de convivencia escolar registradas en el país, introduciendo cambios facultativos que los colegios podrán incorporar dentro de sus reglamentos internos de convivencia.
Revisión de mochilas y resguardo de la identidad facial
Entre las principales disposiciones de la normativa, se autoriza a los establecimientos a implementar la revisión de mochilas y pertenencias a través de personal capacitado, garantizando el respeto a la privacidad, la honra, la igualdad y el debido proceso. El texto legal excluye expresamente la realización de revisiones corporales o sobre las vestimentas de los estudiantes.
Asimismo, la ley establece que los reglamentos de cada comunidad educativa deberán prohibir el uso de elementos que impidan la identificación facial de las personas dentro del recinto, salvo excepciones médicas o debidamente fundadas.
Atribuciones para docentes y gestión de conflictos
En el ámbito del aula, la ley otorga facultades directas al profesorado para aplicar de manera inmediata medidas pedagógicas, preventivas, correctivas y disciplinarias proporcionales para preservar el orden y el desarrollo de las clases.
A su vez, la normativa prioriza la resolución colaborativa de conflictos para reducir la carga burocrática en los equipos directivos —salvo en presencia de delitos o vulneraciones graves— y exige un mayor involucramiento de padres y apoderados en las instancias de convivencia y disciplina escolar.
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