El oficial de Carabineros Pablo Andrés Carvajal Díaz se presentó este jueves en el Centro de Justicia de Santiago, tras ser sentenciado a una pena de siete años de prisión.
La condena se dictó en calidad de autor del delito consumado de apremios ilegítimos calificados, en relación con hechos ocurridos durante las manifestaciones que siguieron al 18 de octubre de 2019.
Carvajal Díaz, quien ha mantenido su posición dentro de la institución policial y no ha estado privado de libertad por esta causa, llegó al recinto judicial vistiendo su uniforme. La sentencia en su contra se enmarca en un contexto de intensas protestas sociales y el uso de la fuerza por parte de agentes del Estado.
La Defensa del Uniformado y sus Cuestionamientos
En declaraciones realizadas al ingresar al Centro de Justicia, el oficial Carvajal Díaz expresó su perspectiva sobre los acontecimientos. “Utilizando las herramientas que me entregó el Estado, me defendí. Lamentablemente, digo lamentablemente, esta persona resultó lesionada”, afirmó, añadiendo que los carabineros “jamás, jamás tenemos en mente lesionar, dañar”.
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El uniformado también cuestionó la labor de la fiscal Ximena Chong, quien lideró la investigación a cargo de la Fiscalía Metropolitana Centro Norte y la Policía de Investigaciones. Carvajal Díaz calificó la indagatoria como “sesgada” y relató su experiencia: “Comuniqué lo ocurrido al Ministerio Público y finalmente, el mismo Ministerio Público a quien yo le entregué toda la información, fue quien decidió imputarme a mí y no a la otra persona”.
Según su testimonio, el proceso judicial se extendió por más de seis años, generando “incertidumbre”. Carvajal Díaz sostuvo que en un juicio “muy rápido” y con una “conducción bastante mal llevada”, los hechos fueron “completamente sacados de perspectiva”, resultando en su culpabilidad. Atribuyó a la fiscal Chong el haber “logrado dar vuelta” la situación para convertirlo en el autor de un disparo “no defensivo, sino que con las ganas de dañar”.
Respecto a su permanencia en Carabineros, el oficial destacó que la institución lo mantuvo en sus filas debido a una investigación administrativa interna. Esta pesquisa, según Carvajal Díaz, “logró establecer que el uso de la fuerza fue conforme a los protocolos y en un escenario de protestas nunca antes vistas en Chile”.
Durante su comparecencia, Pablo Carvajal Díaz estuvo acompañado por diversas figuras públicas, incluyendo miembros del “Partido Nacional Libertario”, el diputado y excarabinero Sebastián Zamora, el también exuniformado Claudio Crespo y el abogado Pedro Orthusteguy. Este grupo realizó un llamado al gobierno del Presidente José Antonio Kast para que se considere un indulto en favor del oficial.
Detalles de la Investigación y el Fallo Judicial
La investigación del caso se centra en los eventos del 28 de octubre de 2019, una de las jornadas más intensas de las protestas. Ese día, el centro de Santiago, específicamente en la intersección de Alameda con Santa Rosa, fue escenario de barricadas, desmanes y un incendio en la tienda “Fashion Park”, provocado por el lanzamiento de bombas molotov, que consumió por completo un edificio de locales. En ese momento, el entonces alcalde de Santiago, Felipe Alessandri, describió la situación a “Cooperativa” como “un campo de guerra”.
En este contexto, Brandon González, un auxiliar médico de 19 años, sufrió la pérdida de la vista de su ojo izquierdo a causa de un disparo de perdigón de escopeta efectuado por Carabineros.
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De acuerdo con la acusación del Ministerio Público, González lanzó un objeto contundente hacia los carros policiales, momento en el cual el capitán Carvajal hizo uso de su arma antidisturbios. Sin embargo, González ha declarado que “lancé una lata a los carros policiales, nunca a carabineros”.
Un informe elaborado por la Policía de Investigaciones (PDI) fue crucial para la causa. Las evidencias que incriminaron al oficial se obtuvieron el 11 de noviembre de 2019, tras la incautación de registros de seguridad municipal en las oficinas de calle Arturo Prat 34. El análisis de una cámara ubicada en el sector de Alameda con San Antonio permitió “apreciar el minuto exacto del momento cuando ocurre el hecho, logrando establecer la veracidad de la denuncia”.
El proceso judicial culminó con la sentencia dictada por el 4° Tribunal Oral en lo Penal de Santiago el 2 de marzo. Posteriormente, el 15 de junio, la Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la resolución, desestimando la solicitud de nulidad presentada por la defensa del uniformado.
El tribunal de alzada enfatizó en su resolución que “la sentencia expresamente consigna que al momento de los hechos no existía ninguna agresión ilegítima, siendo este un requisito insoslayable para configurar cualquier hipótesis de legítima defensa”. Además, la Corte de Santiago indicó que el tribunal estableció que Carvajal “actuó con dolo directo”, lo cual se desprende de la circunstancia de que “no solo efectuó un disparo, sino que también, con posterioridad a causar la herida ocular materia de la presente causa al afectado, le realizó desde corta distancia y por la espalda un segundo disparo con su escopeta”.
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