Juzgado de Garantía de Valparaíso alza secreto de carpeta investigativa en caso de Senadora Flores

El Juzgado de Garantía de Valparaíso acogió el requerimiento de la defensa técnica para limitar la reserva de los antecedentes del proceso. La resolución permitirá al equipo legal conocer las diligencias ejecutadas por el OS9 de Carabineros y el Ministerio Público en el marco de la indagatoria desformalizada.

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La defensa técnica de la senadora de Renovación Nacional (RN), Camila Flores, consiguió una resolución favorable para acceder a un segmento de la carpeta investigativa penal que sustancia el Ministerio Público. La indagatoria penal persigue la existencia de un presunto delito de fraude al fisco en contra de las arcas fiscales, arista que ha sido denominada de forma pública por los intervinientes como el caso “Cuota Flores”.

El vuelco procesal se concretó en el marco de una audiencia de control de garantías desarrollada en las dependencias del Juzgado de Garantía de Valparaíso.

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Durante la instancia judicial, el abogado defensor y exdirector de la Agencia Nacional de Inteligencia, Luis Masferrer, solicitó formalmente al tribunal limitar el secreto que pesaba sobre diversas piezas de la investigación criminal, requerimiento que fue visado por el magistrado de turno para garantizar el derecho a defensa.

Supuestos retornos de sueldos y avance de las indagatorias

La causa penal, que actualmente mantiene un carácter de reservada y se encuentra en una etapa desformalizada, se orienta a esclarecer supuestos pagos en dinero en efectivo que habrían realizado colaboradores directos de la parlamentaria. De acuerdo con las denuncias de origen, a los profesionales y asesores contratados con cargo a las asignaciones del equipo parlamentario se les habría exigido la entrega sistemática de un porcentaje de sus remuneraciones mensuales a la entonces diputada de la corporación.

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Tras abandonar el bloque de tribunales de la ciudad puerto, el abogado Luis Masferrer reiteró la postura de absoluta inocencia de la exdiputada y actual senadora de Renovación Nacional, asegurando ante los medios locales que el equipo legal va avanzando muy bien en la revisión de la estrategia investigativa. Al ser consultado sobre la presunta injerencia o vinculación de la pareja de la parlamentaria y consejero regional, Percy Marín, en los hechos que configuran la causa contra la senadora, el defensor técnico declinó entregar comentarios precisando que esa línea de interrogantes debe ser respondida de forma directa por la fiscalía del caso.

Plazos procesales y el requerimiento de desafuero parlamentario

La audiencia concretada este viernes constituye una jornada clave para las pretensiones procesales de la senadora Flores, debido a que su representación letrada quedará habilitada para examinar en detalle los alcances de las diligencias e incautaciones que ejecutaron de forma conjunta durante el mes de mayo los efectivos del Departamento OS9 de Carabineros y los persecutores del Ministerio Público de la Región de Valparaíso.

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Respecto del destino técnico de las indagatorias, el abogado penalista y analista judicial Ernesto Muñoz planteó que este tipo de causas complejas podría continuar perfectamente bajo el estatus de desformalizada por un periodo cercano a un año.

Asimismo, el experto recordó que en el escenario de que la Fiscalía de Chile decida concretar de manera formal la comunicación de cargos criminales en contra de Flores, la ley orgánica mandata que previamente el Ministerio Público debe solicitar y ganar el desafuero de la senadora ante el pleno de la Corte de Apelaciones respectiva. Cabe señalar que las diligencias de este caso están siendo dirigidas por un equipo preferente integrado por las fiscales Claudia Perivancich y Paola Castiglione.

Aviso Legal Judicial
Este artículo describe un proceso judicial en curso. Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación; por lo tanto, no se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la justicia dicte una sentencia condenatoria firme, conforme a lo establecido en el artículo 4 del Código Procesal Penal.
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