La Cámara de Diputadas y Diputados aprobó el proyecto de ley que reajusta el ingreso mínimo mensual, fijando el nuevo monto en $553.553.
La iniciativa legal contará con un efecto retroactivo a contar del 1 de mayo de 2026 y obtuvo un amplio respaldo en el plano de la Sala al congregar 136 votos a favor, con lo cual quedó en condiciones de continuar su correspondiente itinerario legislativo en el Senado.
La propuesta técnica despachada no se restringe exclusivamente a la modificación del salario base, sino que incorpora de forma paralela reajustes estructurales en las asignaciones familiares y maternales, junto con actualizar los valores del subsidio familiar. El diseño definitivo de los montos derivó de un proceso de negociación política entre las autoridades del Ejecutivo y los parlamentarios de las distintas bancadas, lo que permitió elevar la cifra que había sido formulada originalmente por la administración del Estado.
En el mensaje inicial ingresado al Congreso, el Gobierno planteaba un incremento desde los $539.000 vigentes hasta los $546.546, implicando una variación nominal de $7.546. No obstante, las correcciones introducidas en las comisiones técnicas permitieron fijar un reajuste superior, equivalente a una expansión del 2,7%. Esta modificación se traduce en un incremento neto de $14.553 respecto a la base anterior, rigiendo de forma focalizada para los trabajadores dependientes mayores de 18 años y de hasta 65 años de edad.
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Dos etapas de aplicación y contexto macroeconómico
El ministro del Trabajo, Tomás Rau, valoró de manera positiva el respaldo transversal obtenido en la corporación, relevando la necesidad de implementar estas medidas de compensación de ingresos bajo criterios de responsabilidad fiscal. La autoridad sectorial justificó la urgencia de la ley en consideración al complejo panorama que exhibe el mercado laboral interno, caracterizado por una tasa de desocupación general que supera el 9,1%, un desempleo femenino posicionado en el 10,5% y un desempleo juvenil que roza el 23%, variables que coexisten con señales de desaceleración en la actividad productiva global.
El secretario de Estado precisó que la fórmula de reajuste se estructuró a partir de dos etapas sucesivas: una primera corrección del 2,7% asociada a la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) acumulado entre los meses de enero y abril del presente año, y un segundo incremento programado para aplicarse a contar del 1 de enero de 2027. Respecto a la aplicación de la retroactividad, el jefe de la cartera ministerial aclaró que corresponde a una modalidad administrativa utilizada con anterioridad en este tipo de normativas salariales.
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