Municipalidad de Valparaíso deberá pagar $185 millones por caso vinculado al proyecto Parque Pümpin

La resolución marca un nuevo capítulo en una de las controversias urbanísticas más conocidas de la ciudad, vinculada al desarrollo habitacional proyectado en el sector del exEstadio Ferroviarios, en el cerro O’Higgins.

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El Tercer Juzgado Civil de Valparaíso condenó a la Municipalidad porteña a indemnizar con poco más de $185 millones a la empresa Sogin SpA, ligada al proyecto inmobiliario Parque Pümpin, tras determinar que existieron perjuicios derivados de actos administrativos que fueron declarados ilegales por la justicia.

La resolución marca un nuevo capítulo en una de las controversias urbanísticas más conocidas de la ciudad, vinculada al desarrollo habitacional proyectado en el sector del exEstadio Ferroviarios, en el cerro O’Higgins.

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La empresa demandante, continuadora legal de Inmobiliaria del Puerto, había solicitado originalmente una indemnización superior a las 851 mil UF, cifra que equivale aproximadamente a $34 mil millones.

Sin embargo, el tribunal estimó que gran parte de los montos reclamados no fueron acreditados de manera suficiente durante el proceso judicial.

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Por esta razón, la sentencia acogió solo una parte de la demanda y fijó una compensación considerablemente menor a la solicitada.

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El origen del conflicto judicial

Según establece el fallo, la controversia se originó a partir de los decretos alcaldicios N°1619, N°2491 y N°2514, emitidos durante la administración encabezada por Jorge Sharp en 2017.

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Estos actos administrativos dejaron sin efecto resoluciones previas de la Dirección de Obras Municipales, que mantenían vigente el permiso de edificación asociado al proyecto inmobiliario.

Posteriormente, la Corte de Apelaciones de Valparaíso declaró ilegales dichos decretos, antecedente que fue considerado por el tribunal civil para establecer la responsabilidad municipal por falta de servicio.

La jueza María José Naranjo Collao concluyó que la ilegalidad de los decretos no significaba automáticamente que correspondiera otorgar la totalidad de los montos exigidos por la inmobiliaria.

Según la resolución, la empresa tenía la obligación de acreditar de forma concreta los daños sufridos, el monto de estos y la relación directa entre los perjuicios alegados y las decisiones administrativas impugnadas.

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«La sola constatación de ilegalidad del acto administrativo, no implica que se deba acceder a la declaración del derecho a ser indemnizado», señala el fallo.

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