La Corte Suprema rechazó los recursos de nulidad presentados por la defensa de los condenados por el asesinato de la suboficial de Carabineros Rita Olivares, ocurrido en marzo de 2023 en Quilpué. Con esta resolución, el fallo dictado por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar se mantiene firme y sin modificaciones.

El fallo, emitido por la Segunda Sala del máximo tribunal en la causa rol 58.404-2024, determinó que no hubo errores en la valoración de las pruebas ni en la fundamentación de la sentencia impugnada.

Entre los condenados que presentaron recursos de nulidad se encuentran Edward Fuenzalida Leiva, Miguel Acevedo Tauda, Luis Martínez-Conde Riesco, Matías Peralta Parra, Maximiliano Fuenzalida Leiva, Cristián Rodríguez Figueroa y Elizabeth Soto Soto, quienes buscaban anular el juicio y la sentencia que los responsabiliza de diversos delitos, incluido el homicidio de la suboficial Olivares.

La defensa de algunos imputados argumentó la falta de pruebas suficientes para establecer su participación en los hechos y la ausencia de una fundamentación adecuada en la sentencia. Sin embargo, la Corte Suprema determinó que el fallo del tribunal de Viña del Mar cumple con los requisitos legales y que la valoración de la prueba fue razonada, lógica y ajustada a derecho.

Fundamentos de la Corte Suprema

Según la resolución del máximo tribunal, la sentencia original presentó una justificación clara y detallada sobre los hechos acreditados en el juicio, permitiendo así el control de legalidad y lógica en el proceso judicial.

“Las resoluciones judiciales no deben ser el resultado de actos discrecionales o meras impresiones de los jueces, sino que deben basarse en una evaluación razonada de las pruebas”, señala el fallo.

Además, la Corte enfatizó que los recursos presentados no lograron demostrar que la valoración de la prueba se haya apartado de los principios de la lógica y la legalidad, por lo que no existían fundamentos para anular la condena.

Con este fallo, los condenados deberán cumplir las penas impuestas por el Tribunal de Viña del Mar, sin posibilidad de una nueva revisión del caso por esta vía.