Este martes fue publicado en el Diario Oficial la reforma constitucional que rebaja a 4/7 el quorum para realizar modificar la actual Constitución.

En este sentido, el texto indica que las normas legales que interpreten preceptos constitucionales necesitarán, para su aprobación, modificación o derogación, de las cuatro séptimas partes de los diputados/as y senadores/as en ejercicio. Lo mismo en caso de un proyecto de reforma para ser aprobado en cada Cámara.

De igual modo, se aplicará este margen si quien ejerza la Presidencia de la República observase parcialmente un proyecto de reforma aprobado por ambas cámaras. Así, las observaciones se entenderán aprobadas con el voto conforme de dicho quorum de los miembros en ejercicio de cada cámara y se devolverá al presidente para su promulgación.

Junto a ello, la modificación establece que la Ley Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios también requerirán del voto conforme de las cuatro séptimas partes.

Tras la publicación de la normativa los senadores Rincón y Walker celebraron la publicación de la ley, indicando “Es un día histórico, 42 años han pasado desde que se impusieran esos supra quórums en nuestro país”, dijo Rincón.

“Va a permitir abrir el camino para tener una nueva y buena Constitución para Chile”, indicaron.

Cabe señalar que la legislación fue impulsada por los senadores DC Matías Walker, Ximena Rincón e Iván Flores, y el independiente PPD Pedro Araya, con el fin de facilitar los cambios a la Carta Magna vigente en caso de que gane la opción Rechazo en el plebiscito de salida.