El Pleno de la Convención Constitucional aprobó este miércoles el artículo que establece el derecho de los pueblos indígenas a sus tierras, territorios y recursos, pasando al borrador de la Nueva Carta Magna.

La iniciativa recibió 106 votos a favor, 37 en contra y 10 abstenciones.

El artículo señala que el «Estado reconoce y garantiza conforme a la Constitución, el derecho de los pueblos y naciones indígenas a sus tierras, territorios y recursos».

“La propiedad de las tierras indígenas goza de especial protección. El Estado establecerá instrumentos jurídicos eficaces para su catastro, regularización, demarcación, titulación, reparación y restitución”, agrega el artículo.

Junto con ello, consigna que “la restitución constituye un mecanismo preferente de reparación, de utilidad pública e interés general”.

Finalmente se especifica que “conforme a la Constitución y la ley, los pueblos y naciones indígenas tienen derecho a utilizar los recursos que tradicionalmente han usado u ocupado, que se encuentran en sus territorios y sean indispensables para su existencia colectiva”.