Un recurso de protección fue acogido por la Corte Suprema. En el mismo se estipula que, 147 internos de Colina II que se encuentran habilitados para sufragar, podrán votar en las próximas elecciones del 21 de noviembre.

La Tercera Sala, consideró arbitraria la forma de actuar del Servel y Gendarmería de Chile debido a que “atentan contra la legislación nacional e internacional al no realizar las gestiones para asegurar el derecho a voto de los reclusos”.

De esta manera, la Corte Suprema señaló que “Se ordena al Servicio Electoral, dentro de los plazos legales, adopte las medidas necesarias que posibiliten el derecho a voto de las personas que se encuentran privadas de libertad, por no tener suspendido su derecho a voto”.

“Por su parte, Gendarmería de Chile debe adoptar igualmente todas las medidas administrativas y de coordinación interinstitucional que garantice el derecho a sufragio de las mismas, medidas que deberán ejecutarse con la antelación debida que permita a las personas antes referidas ejercer efectivamente su derecho a voto”, agregó el documento.