El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Angol condenó a H.R.Y.G. a la pena efectiva de 15 años y un día de presidio, en calidad de autor del delito consumado y reiterado de violación de menor de 14 años. Ilícitos perpetrados a partir de 2011, en la comuna de Los Sauces.

En este sentido,el tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en el transcurso de 2009, el acusado inició una relación de pareja con la madre de la víctima, nacida el 13 de enero de 2002. A partir de 2010, la pareja comenzó a convivir en un domicilio ubicado en la comuna de Los Sauces, inmueble en donde durante los meses de invierno, encontrándose el acusado a solas con la menor de 8 años, que permanecía bajo su cuidado, ejecutó en su contra actos de significación sexual y de relevancia consistentes en tocaciones y sometimientos de la menor que se prolongaron hasta abril de 2011.

A partir de mayo de 2011, el acusado comenzó a acceder carnalmente a la niña, mientras que a fines de 2014, el acusado comenzó a violarla en forma reiterada, hasta octubre de 2017, fecha en que la víctima develó los hechos. Ataques perpetrados en diferentes domicilios que habitó la pareja dentro del radio urbano de la comuna de Los Sauces.

De esta manera, en un fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Karina Rubio Solís (presidenta), Solange Sufán Arias y Etienne Fellay Bertholet (redactor)–, aplicó, además a H.R.Y.G. las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

Asimismo, el tribunal impuso al sentenciado las accesorias especiales de interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa; la sujeción a la vigilancia de Carabineros por el término de los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena corporal impuesta; la inhabilitación absoluta perpetua para cargos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren relación directa y habitual con personas menores de edad y la prohibición de acercarse a la víctima, visitar su domicilio, establecimiento educacional o cualquier lugar público o privado en que se encuentre, por el plazo de 10 años.

H.R.Y.G. deberá purgar, además, 5 años y un día de presidio efectivo, accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, en calidad de autor del delito de violación. Ilícito consumado en octubre de 2017, en la comuna de Los Sauces.

Por esta segunda violación, se impuso a H.R.Y.G. la inhabilitación absoluta temporal por 3 años y un día, para ejercer cargos, empleos, oficios o profesiones en ámbitos educacionales o que involucren relación directa y habitual con personas menores de edad; y la prohibición de acercarse a la víctima, visitar su domicilio, establecimiento educacional o cualquier lugar público o privado en que se encuentre, por el plazo de 10 años.

Finalmente, H.R.Y.G. deberá cumplir 5 años y un día de presidio efectivo, como autor del delito consumado de abuso sexual de menor de 14 años. Ilícito cometido a partir de 2010, en la comuna de Los Sauces. Más las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

En este sentido, el ahora condenado deberá dar cumplimiento, por este tercer delito, a las accesorias especiales de interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa; la sujeción a la vigilancia de Carabineros por el término de los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena corporal impuesta; la inhabilitación absoluta perpetua para cargos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren relación directa y habitual con personas menores de edad y la prohibición de acercarse a la víctima, visitar su domicilio, establecimiento educacional o cualquier lugar público o privado en que se encuentre, por el plazo de 10 años.

Finalmente , se indicó que una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.