El Primer Tribunal Ambiental de Antofagasta ordenó a la Compañía Minera Cerro Colorado continuar extrayendo agua del acuífero de Lagunillas, esto tras acoger a trámite una demanda de reparación de daño ambiental en contra de la minera de propiedad de BHP Billiton.

La medida cautelar, tal como lo establece la Ley, regirá desde el 01 de octubre y tiene como fin impedir los efectos negativos de los actos o conductas sometidas a su conocimiento y se fundamenta en el fallo que ya fue dictado por el Segundo Tribunal Ambiental el 2019 a través del cual se anuló parcialmente la Resolución de Calificación Ambiental, RCA, del proyecto “Continuidad Operacional Cerro Colorado”, lo que posteriormente fue ratificado por la Corte Suprema.

“Se acoge la solicitud de medida cautelar consistente en la paralización de la extracción de agua subterránea desde el acuífero Lagunillas, desde los Pozos P1, P2, P3 y P4, destinada a la operación de la faena minera Cerro Colorado, por el término de 90 días, con excepción de la extracción de 10 litros por segundo autorizada para la ejecución del Sistema de Riego Artificial (SRA)”, dictaminaron los ministros Juan Opazo y Oscar Clavería.

A juicio del Primer Tribunal Ambiental los antecedentes entregados en la demanda, entre los que están informes de la Dirección General de Aguas, DGA, constituyen una “presunción grave” de los hechos denunciados, por lo que “existe la necesidad de impedir que los efectos adversos de la extracción de aguas subterráneas que mantiene la empresa minera sobre el acuífero Lagunillas se sigan manifestando y agudizando”. Agregan que la única acción que “por ahora” permite lograr la protección de la laguna y bofedal es la paralización de la extracción de agua “hasta que la autoridad evaluadora emita un pronunciamiento técnico favorable que entregue seguridad de no afectación de los bienes protegidos”.

Daño ambiental y acción judicial

La acción judicial fue interpuesta por Luis Jara Alarcón, propietario de la Estancia de Cancosa y se basa en el daño ambiental que la empresa habría provocado por la extracción de agua del acuífero de Lagunillas, lo que ha provocado un deterioro al sistema Lagunar y al bofedal del mismo nombre del acuífero.

El demandante solicita al tribunal la detención definitiva de toda la extracción de agua desde el acuífero para la operación de la faena, así como el desmantelamiento de obras asociadas; la elaboración, evaluación e implementación de un proyecto de suministro hídrico artificial al acuífero; y la reposición, reparación y restauración integral de todos los recursos biológicos y demás condiciones abióticas preexistentes en el ecosistema dañado.

De esta manera, Luis Jara asegura que el daño ambiental es una consecuencia del actuar “ilegal y culpable” de la compañía por la ausencia de una autorización ambiental para extraer aguas del acuífero. “La RCA (Resolución de Calificación Ambiental) 69/2015 fue anulada en consideración a que las medidas ambientales propuestas por el titular no eran apropiadas para hacerse cargo de los impactos ambientales sobre el recurso hídrico del proyecto”, dice el escrito.

Sumado a lo anterior, el demandante aduce que se realizan extracciones de agua sin contar con los derechos de aprovechamiento. “Así, sumado a la falta de permiso ambiental, CMCC (Compañía Minera Cerró Colorado) carecío también del permiso sectorial consistente en el derecho de aprovechamiento de aguas legalmente otorgado por la DGA que la habilite para las extracciones referidas, lo que constituye otro presupuesto para presumir su responsabilidad ambiental por infracción a los artículos 6 y siguientes del Título I del Código de Aguas”.