A contar del miércoles 18 de agosto, se dio inicio al periodo de postulación al Bono Adicional Variable.

Este beneficio entregará un monto correspondiente a tres veces el IVA promedio declarado en 2019, con un tope de 2 millones de pesos.

El bono, será entregado una única vez, incrementándose de forma automática en un 20% si la personal natural o titular de la EIRL (Empresa Individual de Responsabilidad Limitada) cuenta con sexo registral femenino.

Para postular a este beneficio, las Pymes deberán:

  • Haber informado inicio de actividades de 1ª categoría al 31 de marzo de 2020.
  • Tener Ingresos anuales por ventas y servicios del giro menores a $726.758.250.
  • Cumplir las condiciones para acogerse al Régimen Pro Pyme 14 D) de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
  • No desempeñar actividades financieras o de seguros.

Además se deberá cumplir una de las siguientes condiciones:

  • Tener ingresos en dos meses continuos o discontinuos entre enero de 2020 y abril de 2021, o tener al menos un trabajador contratado el año 2020.

Si se recibió el Bono Alivio Mype, y se adeudaban cotizaciones, se tuvo que haber destinado al menos el 30% del bono al pago de la deuda o el monto necesario para cubrirlo si la deuda era menor.

Para postular a este bono se debe ingresar a la página del Servicio de Impuestos Internos dirigirse a la opción “Beneficios MYPES”, para finalmente ingresar a la opción “Bono Adicional IVA“, donde será redirigido a la página del Bono Adicional Variable donde se deberá completar el formulario.

Una vez hecha la postulación, el monto será entregado en un plazo máximo de 20 días corridos.