Este jueves, la Corte Suprema confirmó el fallo en primera instancia que condenó al Fisco a entregar una indemnización de 15 millones de pesos por daño moral al padre de Antonia Barrios, joven quien en febrero de 2017 se suicidó luego de sufrir un episodio de violencia intrafamiliar.

La tercera sala, estipuló que Carabineros incurrió en “omisiones negligentes inexcusables al no apegar su actuar a los protocolos y normas legales sobre violencia intrafamiliar, lo que habría evitado la muerte de la joven”.

La familia de Antonia había presentado una demanda considerando que Carabineros no cumplió con el debido resguardo de la integridad de Antonia, pese a que existían antecedentes que confirmaban la violencia física y psicológica por parte de su ex pareja, Andrés Larraín.

La resolución de la Corte establece que “los funcionarios de Carabineros tomaron conocimiento, tan pronto llegaron al edificio Sanders, que Antonia Garros estaba siendo víctima de actos de violencia por parte de quien fue o fuera su pareja, señor Larraín”.

En el fallo se determinó igualmente “que se encontraban ambos bajo la influencia del alcohol, o al menos, que tenían hálito alcohólico, y que Antonia había intentado recién lanzarse desde el balcón del 13º piso, al menos en dos oportunidades. Ello, puesto que fueron advertidos por el conserje, quien se encontraba con la joven y había presenciado los golpes que Andrés Larraín le había propinado, y había agarrado a Antonia, evitando que se lanzara desde el balcón”.

El máximo tribunal sostuvo que “la principal función y deber del policía al acudir a un llamado por violencia intrafamiliar es brindarle protección a la víctima, el haber confrontado a la joven nuevamente con su agresor, para tomarles su declaración, fue un acto absolutamente innecesario, pues podrían perfectamente haber sido empadronados por separado”.

Finalmente, indicaron que “El departamento del piso 13º del edificio Sanders tampoco era el domicilio de Antonia, por lo que no debió haber subido con Carabineros, bajo ningún pretexto. A los funcionarios de Carabineros no les correspondía ‘aclarar el asunto’, sino que únicamente, dar protección a la víctima y tomando los resguardos necesarios”.