La Corte Suprema confirmó que rechazó el recurso de amparo presentado por el abogado y exdiputado Hugo Humberto Gutiérrez Gálvez en contra del Juzgado de Garantía de Iquique que dictó una orden de detención en su contra por no comparecer a audiencia de procedimiento abreviado.

En fallo unánime , la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos y los abogados (i) Diego Munita y Carolina Coppo– descartó actuar arbitrario del tribunal de primera instancia al decretar la orden de detención de Gutíerrez.

De esta manera el fallo indica que:  “la defensa del amparado no ha expuesto cuales fueron las circunstancias fácticas que le han impedido comparecer ante el llamamiento del tribunal recurrido, viéndose con ello imposibilitada esta Corte de efectuar un juicio de ponderación acerca de la proporcionalidad de la aplicación del citado artículo 127, inciso primero, del Código Procesal Penal al caso en análisis, motivo por el cual no resulta factible acceder a la pretensión del recurrente”.

Así, el Tribunal resolvió que “(…) de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Carta Fundamental, se confirma la sentencia apelada de treinta de abril dos mil veintiuno, dictada por la Corte de Apelaciones de Iquique”, con lo cual la orden de detención se mantendría vigente.

Cabe señalar la Fiscalía local de Iquique buscó formalizar al candidato a constituyente por los presuntos delitos de negación de auxilio y amenazas contra funcionarios de la Armada en un control sanitario en el contexto de pandemia.