La Corporación Nacional Forestal -Conaf- recordó que se mantiene vigente hasta el 30 de abril de 2021, la prohibición de hacer uso de fuego para la eliminación de desechos agrícolas y forestales en el territorio continental de la Región de Valparaíso, esto con el fin de prevenir posibles incendios forestales.

En este sentido, el director regional de la entidad, Sandro Bruzzone, precisó que “a pesar de que las temperaturas han disminuido, principalmente en la zona costera, las condiciones de tiempo atmosférico aún son proclives para la proliferación y propagación de los incendios forestales”, agregando que “debido a la sequía que afecta hace más de diez años a la región, la vegetación permanece con un alto estrés hídrico, lo que la hace muy susceptible a la ignición. Además, de acuerdo a la Sección de Análisis y Predicción de nuestra institución,  podrían registrarse nuevos episodios de altas temperaturas y fuertes vientos en algunos sectores, especialmente en valles y precordillera, lo que incrementa el riesgo y la necesidad de tomar precauciones”, declaró.

Por su parte, el jefe regional de la Sección de Prevención de Incendios Forestales de Conaf, Daniel Ariz, manifestó que “el combustible fino muerto (pasto seco) está con una humedad  bajo el 6 por ciento, lo cual hace que las condiciones sean adecuadas para una mayor propagación de incendios forestales, toda vez que la vegetación del bosque nativo está muy estresada”.

Asimismo, recalcó que, si bien para los próximos días se pronostica un sistema frontal, “tienen que haber por lo menos unas tres lluvias continuas para que haya una humedad alta en todo el territorio y, por lo tanto, para que la vegetación mantenga una humedad interna mayor respecto a la que tiene hasta la fecha. Y, en consecuencia, ahí podríamos levantar la prohibición de quemar residuos agrícolas y forestales”.

Cabe consignar que las personas que transgredan la restricción, que podría ampliarse, dependiendo del escenario meteorológico venidero, arriesgan multas desde las 11 hasta las 150 unidades tributarias mensuales, y penas de cárcel, desde los 61 días hasta los cinco años.