La Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó y despachó al Senado el proyecto de reforma constitucional -presentado por el Ejecutivo- que posterga las elecciones municipales, de gobernadores regionales y de convencionales constituyentes por motivo del Covid-19.

En este sentido, el proyecto cambia las fechas originalmente fijadas para el 10 y 11 de abril, para los días 15 y 16 de mayo, lo cual fue ratificado tras dos votaciones: la primera permitió la aprobación, por 126 votos a favor, tres en contra y once abstenciones, las normas relacionadas con artículos transitorios de la Constitución, que requerían 92 votos favorables como mínimo; y, la segunda, respaldó, por 129 votos a favor, once en contra y dos abstenciones, las disposiciones vinculadas a artículos permanentes de la Carta Magna, que exigía como mínimo el voto favorable de 103 votos.

El proyecto, que durante la jornada anterior había sido analizado por las comisiones unidas de Constitución y Gobierno Interior, fue informado a la Sala por la diputada Andrea Parra (PPD), quien dio cuenta, además, de las indicaciones hechas a la norma durante su tramitación en dichas instancias.

Justamente, dichas propuestas fueron las que motivaron gran parte de las votaciones en particular, donde varias de las materias no alcanzaron el quórum de aprobación necesario.

Contenido de la iniciativa

La reforma constitucional contempla el cambio de las fechas referidas en el artículo 130 de la Constitución sobre la elección de los convencionales constituyentes y en artículos transitorios que se refieren a elecciones municipales, de gobernadores regionales y de convencionales constituyentes.

Además, se modifica la fecha de la segunda vuelta de los gobernadores regionales para el día 13 de junio y las autoridades asumirían formalmente el cargo el 14 de julio. Sobre la fecha de las primarias presidenciales, estas se realizarán el 18 de julio de 2021.

A su vez, se modifica la fecha de mandato de alcaldes y concejales -que ya había sido prorrogado hasta el 24 de mayo-, hasta el 28 de junio de 2021. Los alcaldes que se postulen a la reelección se mantendrán suspendidos hasta el día siguiente de verificada la elección (17 de mayo).

Asimismo, se contempla una nueva disposición transitoria que suspende la campaña electoral aplicable a las elecciones municipales, de gobernadores regionales y de convencionales constituyentes, desde 24 horas del día de publicación de esta reforma hasta las 24 horas del 28 de abril, retomándose entre el 29 de abril y el jueves 13 de mayo.

Dicha suspensión contempla la propaganda electoral en espacios públicos. Respecto de aquella instalada en espacios privados, se permite la mantención de la ya instalada, no así la colocación de nueva.

Respecto a la transmisión de la franja electoral de candidatos a convencionales constituyentes se suspenderá el día de la publicación de la reforma, si ese día es anterior al 8 de abril. Si quedara un remanente de días para completar la transmisión, los canales de televisión deberán destinar un número equivalente de días al remanente para transmitir la franja televisiva, hasta el tercer día anterior a la elección.

En cuanto al financiamiento y gasto electoral, solo se considera el derecho a usos de bienes muebles o inmuebles o actos y pago de personas que formen parte del equipo del candidato, excluyendo a los brigadistas. Asimismo, se mantendrá vigente el sistema de recepción de aportes del Servicio Electoral para recibir los aportes a campañas electorales.

Sobre el padrón electoral, podrán ejercer su derecho a sufragio quienes se encuentren habilitados en el padrón definitivo contemplado originalmente para las elecciones de los días 10 y 11 de abril de 2021. En cuanto a acuerdos, actas, resoluciones o actos administrativos de los órganos competentes relacionados a esta elección que fueron dictados antes de esta reforma, seguirán vigentes.