Esta tarde, las comisiones unidad de Hacienda y Trabajo y Previsión social dejaron en condiciones de ser visto en la Sala el proyecto que establece un retiro único y extraordinario de fondos previsionales presentado por el Gobierno.

En este sentido, tras la votación de las indicaciones el proyecto del ejecutivo quedó en términos similares al que fue impulsado en la Cámara Baja, esto luego que se modificara sustancialmente los montos, plazos y cantidad de personas que podrá acceder a este retiro.

De esta manera, la comisión estableció que el retiro no podrá exceder de 150 Unidades de Fomento, ni ser inferior a 35 Unidades de Fomento (entre 4 millones 300 mil y fracción; y un millón 14 mil pesos), en caso de que los saldos acumulados en la cuenta así lo permitan. En el caso de que los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual sean inferiores a 35 UF, el afiliado podrá retirar la totalidad de los fondos acumulados en dicha cuenta.

Junto a ello, se mantuvo el impedimento para realizar dicho retiro el percibir rentas o remuneraciones se regulen de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 bis de la Constitución Política de la República (Presidente de la República, Ministros de Estado, Gobernadores Regionales, Senadores y Diputados y sus asesores a honorarios).

Pago en 15 días hábiles 

Por otro lado, se estableció que el proceso de la entrega de de los fondos acumulados y autorizados de retirar se efectuará de la siguiente manera:

i)         El 50 por ciento en un plazo máximo de 15 días hábiles de presentada la solicitud ante la respectiva Administradora de Fondos de Pensiones  (AFP) a que pertenezca el afiliado.

ii)     El 50 por ciento restante en el plazo máximo de 15 días hábiles a contar del desembolso anterior.

Disposiciones rechazadas

 En tanto, la comisión rechazó que primero se recurra a los fondos voluntarios y luego a los obligatorios, esto sumado a la limitación que no permitía realizar el retiro a las personas que a la fecha de la solicitud  registren cotizaciones previsionales declaradas en el mes inmediatamente anterior cuyas remuneraciones sean iguales o superiores a 100 UF (casi tres millones de pesos).

Finalmente, los senadores descartaron la idea presentada para exigir el reintegro de los fondos extraídos, lo cual fue conocido como “autopréstamo”.