El Presidente Piñera, en el marco del próximo Plebiscito entregó su opinión sobre los contenidos esenciales que debería poseer una nueva Constitución.

Según consigna La Tercera, el mandatario tras reunir diversas opiniones de expertos cercanos a él, elaboró un documento de tres páginas con 10 aspectos fundamentales que compartió con varios de sus ministros esta semana.

“La Constitución no resuelve todos los problemas de la sociedad, pero sí debe ser el marco institucional dentro del cual se desenvuelven la política, las leyes y la vida en sociedad .No debe incluir un extenso listado de buenas intenciones ni tampoco de reglamentaciones en detalle para cada institución. Ese terreno le corresponde a la política y las leyes. No podemos pretender escribir hoy y en forma rígida, todas las páginas del futuro”, indica el documento.

Sebastián Piñera ya había planteado materias que debían formar parte de una nueva Constitución, una vez cuando convocó al plebiscito en diciembre pasado y posteriormente en el marco de Enade 2020 durante el mes de enero.

Entre los 10 puntos planteados por el Presidente Piñera se encuentran:

1. Rol del Estado: Chile debe ser una república democrática y con Estado de derecho, en la cual el Estado sea más solidario y esté al servicio de las personas. El Estado debe reconocer y amparar a los grupos intermedios, garantizando su adecuada autonomía. Además, debe garantizar el derecho a desarrollar cualquier actividad económica, respetando las normas legales que regulen dicha actividad.

2. Familia. La familia es el núcleo fundamental de la sociedad y el Estado debe proteger el derecho preferente y deber de los padres de educar a sus hijos.

3. Derechos civiles y políticos. Es deber de los órganos del Estado respetar y promover los derechos humanos. Garantizar la igualdad de todos ante la ley y la protección ante cualquier discriminación o abuso.

4. Derechos económicos, sociales y culturales:

  • Educación: Deberá ser obligatoria y financiada por un sistema gratuito, hasta la educación media. Las personas tienen el derecho de abrir establecimientos educacionales y los padres el derecho de escoger el establecimiento para sus hijos.
  •  Salud: El Estado debe garantizar el acceso libre a las prestaciones de salud. Cada persona debe tener el derecho a elegir el sistema de salud al que desee acogerse, sea éste estatal o privado.
  • Pensiones: El Estado debe tomar medidas para que todas las personas tengan pensiones que les permitan vivir dignamente.

5. Sociedad inclusiva y diversa: Nuestra Constitución debe contemplar mayores mecanismos que permitan una participación ciudadana temprana en algunas decisiones públicas que sean muy relevantes para la Nación. Además, debe garantizar la igualdad de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres, incluyendo a las minorías sexuales. La Constitución debe incluir el reconocimiento de los pueblos originarios, pues es un deber del Estado respetar su identidad, cultura y tradiciones ancestrales. En Chile no debe haber persona ni grupo privilegiado.

6. Orden público: El deber del Estado de garantizar el orden público y la seguridad nacional, dando protección a la población y a la familia.

7. Medioambiente: El Estado debe resguardar el medioambiente para las generaciones futuras, tomando medidas concretas para avanzar en su cuidado. La Constitución debe consagrar el principio del desarrollo sustentable.
8. Separación de los poderes del Estado: La Constitución debe establecer la separación e independencia de los Poderes del Estado, con mecanismos efectivos de pesos y contrapesos.

El Estado debe respetar las sentencias judiciales firmes y ejecutoriadas y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.

Además, tendrá que reconocer la autonomía de órganos fundamentales para la República como Ministerio Público, el Servel, la Contraloría o el Banco Central.

Es necesario perfeccionar y modernizar el funcionamiento del Tribunal Constitucional.

9. Responsabilidad de las autoridades y transparencia del estado: Los actos de los órganos del Estado deben ser públicos y transparentes, que deben someter su actuar a la Constitución. La Constitución debe consagrar el estricto cumplimiento al principio de probidad en el ejercicio de la función pública. Ninguna persona puede atribuirse otra autoridad o derechos que los que expresamente se les hayan conferido en virtud de la Constitución o las leyes. La responsabilidad fiscal y macroeconómica del Estado.

10. Descentralización: La descentralización de la administración del Estado. Para ello, los órganos del Estado deben promover el fortalecimiento de la regionalización del país y el desarrollo equitativo y solidario entre las regiones, provincias y comunas. Es necesario un compromiso decidido en favor del proceso de descentralización, para lo cual debemos consagrar constitucionalmente y en forma mucho más efectiva una real distribución de potestades locales, regionales y nacionales. Decisiones políticas, administrativas y fiscales.