Durante esta jornada la Corte de Apelaciones de Santiago revocó la decisión del Juzgado de Garantía de Santiago y ordenó el traslado de Hernán Calderón Argandoña, hasta el penal Santiago 1 para el cumplimiento de la medida cautelar de prisión preventiva por el delito de parricidio frustrado.

En este sentido, el joven de 23 años que se encontraba temporalmente recluido en una clínica psiquiátrica de La Reina, deberá ser trasladado durante esta jornada al penal capitalino, dado que a juicio de la corte no tendría una patología mental que justifique su estadía en dicho recinto psiquiátrico.

De esta manera, desde el Tribunal de Alzada explicaron su decisión indicando que “Los altos niveles de impulsividad del imputado, sin indicadores de sicopatía, lo que incluso se desprende de la propia documentación aportada por la defensa y que se manifiesta en la concretización de los hechos delictivos, son elementos que conducen a estos sentenciadores a decidir que la libertad del imputado representa un peligro para la seguridad de la sociedad y de la víctima”

“En cuanto al lugar de ejecución de la medida, esta Corte tiene en consideración lo informado por los médicos especialistas, en el sentido que si bien presenta rasgos de personalidad alterados, no son constitutivos de una patología mental que amerite, justifique o propicie la internación en un centro psiquiátrico de aquellos establecidos por la ley al efecto”, detallaron.

Finalmente, agregaron que “En estas condiciones, no queda sino disponer el ingreso del imputado en un establecimiento penitenciario de acuerdo a su situación procesal”.

Cabe recordar que “Nano Calderón” fue formalizado por los delitos de parricidio frustrado, daños y lesiones leves en contexto violencia intrafamiliar y tenencia ilegal de armas.