Durante la tarde de este domingo, el Presidente de la República Sebastián Piñera promulgó la nueva Ley de Ingreso Familiar de Emergencia. Esta ley amplía el monto de $65 mil a $100 mil por persona en manera de apoyo durante la crisis sanitaria.

“El nuevo IFE cambia su diseño para actuar como un complemento a los ingresos actuales del grupo familiar, buscando proveer ingresos de emergencia a las familias e incentivar a que sus integrantes puedan respetar las cuarentenas y quedarse en casa” se anunció igualmente que “el beneficio será, además, tanto para hogares sin ingresos formales como para aquellos que tienen ingresos formales por debajo del umbral establecido”.

Con respecto a los ingresos formales se detalló que “en caso que la familia tenga algún ingreso formal, el beneficio será por el monto que le falte para alcanzar el umbral de $100.000, con un piso de $25.000 por persona del hogar”.
Sebastián Piñera anunció igualmente la creación de un beneficio que va dirigido a los trabajadores independientes,“que han visto afectados sus ingresos producto de la pandemia, para apoyarlos y entregarles la liquidez que necesitan para hacer frente a la contingencia”.

De esta manera, las dos medidas informadas durante la tarde de hoy, forman parte de “la red de protección social dispuesta por el Gobierno para proteger a 10 millones de personas vulnerables y de clase media afectadas económicamente por el Covid-19”.

La ley que protege los ingresos de los trabajadores independientes es progresiva.

“Garantiza mayor cobertura a los trabajadores de menores ingresos que emiten boletas de honorarios, y establece un tope de beneficio para aquellos de mayores ingresos” según se detalló.

Este beneficio “contempla un subsidio que cubrirá un 70% de la caída de ingresos por boleta de honorarios para aquellos trabajadores con rentas promedio iguales o inferiores a $320.500; de 50% para aquellos trabajadores con rentas promedio mayores a $320.500 y menores o igual a $400.000; y de 40% para aquellos trabajadores con rentas promedio mayores a $400.000 y menores o iguales a $500.000. En todos estos casos, el tope de subsidio será $100.000 mensuales”.

Quienes deseen acceder al beneficio deberán “haber emitido boletas de honorarios en por los menos tres meses ( de manera continua o descontinua)de los 12 meses anteriores al 1 de abril de 2020; o haber emitido boletas en a lo menos seis meses dentro de los 24 meses anteriores a dicha fecha”.