La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) anunció este lunes que formuló una serie de cargos en contra de  la Empresa Nacional del Petróleo – ENAP-, esto luego de detectar incumplimientos a distintas resoluciones en el proyecto “Bloque Arenal”, en  comuna de Primavera, en la Región Magallanes y Antártica chilena.

En tal bloque, se realizan trabajos de perforación y posterior evaluación productiva de pozos de hidrocarburos, así como también, en algunos de ellos, se está usando el método de fracturación hidráulica (fracking).

Según informó la SMA, tras dos actividades de fiscalización realizadas por profesionales de dicha superintendencia, del Servicio Agrícola y Ganadero (Sag) y de la Dirección General de Aguas (DGA-MOP), se constataron incumplimientos a distintas Resoluciones de Calificación Ambiental vinculadas a la unidad fiscalizable (de un total de 43 RCA).

De los seis cargos formulados, tres fueron calificados preliminarmente como graves y tres leves. Los primeros pueden ser objeto de revocación de la RCA, clausura, o multa de hasta 5.000 unidades tributarias anuales (UTA), mientras que los leves podrían ser sancionados con amonestación por escrito o multa de hasta 1.000 UTA.

Cabe señalar que, tras la notificación, la empresa tiene un plazo de 10 días hábiles para presentar un programa de cumplimiento y de 15 días hábiles para formular sus descargos.

Las infracciones

1.- No realizar el cierre de las fosas destinadas a la acumulación de los lodos de perforación de los pozos Carmelita 2, Sombrero Oeste 2, Arenal Oeste 1, Cabaña Norte ZG-2 y ZG-3 y Río del Oro ZG-2, pese a haber transcurrido el plazo máximo especificado para dichas actividades.

2.- No realizar el cierre de las fosas destinadas a la acumulación de fluidos de retorno (flowback) obtenido de las actividades de fracturación hidráulica realizadas en las plataformas de los Cabaña Norte ZG-1, ZG-2 y ZG-3 y Cabaña ZG-3, pese a haber transcurrido el plazo máximo especificado en dichas actividades, correspondiente a 1 mes. NOTICIA RELACIONADA SMA inicia proceso sancionatorio contra salmonera Nova Austral por incumplimientos ambientales 14

3.- Uso de agua industrial en contravención a lo autorizado, lo que se expresa en: 1. Superación del volumen de agua utilizado en actividades de fracturación hidráulica. 2. Extracción de agua desde fuentes de abastecimiento distintas a las establecidas en la evaluación ambiental.

4.- Realizar actividades de fracturación hidráulica sin dar cumplimiento a las condiciones establecidas en la evaluación ambiental.

5.- Disposición de flowback obtenido de la fracturación hidráulica en contravención a lo autorizado, lo que se expresa en: 1. No mantener un adecuado registro de la disposición del flowback obtenido de la fracturación hidráulica. 2. Disponer el flowback obtenido de la fracturación hidráulica en lugares que no fueron evaluados ambientalmente, como fosas de otros pozos, Batería Victoria y el pozo reinyector Chañarcillo 1.

6.- No haber ejecutado el monitoreo de calidad de agua en los pozos de control asociados a los procesos de fracturación hidráulica (pozos de abastecimiento de agua más cercanos al pozo de hidrocarburo donde se está realizando la fractura hidráulica).