Los ministros Patricio Martínez y Raúl Mera, dictaminaron, en una sentencia de 42 páginas, el rechazo de los 12 recursos de protección presentados por un equipo de ocho abogados que representaban a algunas de las víctimas de la intoxicación masiva que se vivió en Concón, Quintero y Puchuncaví el año pasado.

Este proceso – que fue seguido de cerca por medios nacionales, y al que se sumaron parlamentarios, organizaciones ambientales y de Derechos Humanos, entre otros – fue rechazado debido, principalmente, a que aún no se presenta una responsabilidad clara de qué o quiénes provocaron la contaminación.

La sentencia de los jueces señala que «sobre la Tramitación y fallos de los Recursos de Protección, se rechazan todos los interpuestos en estas causas acumuladas, singularizados uno a uno en la parte expositiva de este caso», detallando sus argumentos en 26 puntos específicos.

Además, los magistrados agregaron que no le corresponde a la Corte decidir sobre este tipo de casos, sino a los Tribunales Ambientales y que los recursos buscaban soluciones permanentes a un hecho que se encuentra vigente por años.

Con respecto a las responsabilidades, los representantes de la Corte establecieron que los recursos interpuestos tendrían más efecto si se supiera quiénes son los causantes directos del episodio.

De esta manera, se concluye que este es «un problema particularmente complejo, en que cabe determinar responsabilidades respecto de una situación que puede tener muchas causas, todas las cuales requieren profundas investigaciones y probanzas para determinar cuáles sean ellas en concreto». 

No obstante, el fallo también recuerda que el Ministerio Público sigue realizando una investigación y que, a su vez, la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) continúa realizando procesos sancionatorios en la zona afectada, con lo que se podría establecer algún tipo de responsabilidad ante el hecho cuando cada proceso termine.

En este sentido, el Gobierno está realizando el «Plan de Descontaminación de Concón, Quintero y Puchuncaví», con el que se están tomando severas medidas para no volver a presenciar una emergencia como esta.

Voto en contra

Dentro de la misma Corte, la jueza Silvana Donoso manifestó su voto disidente ante el fallo, argumentando que el organismo sí tiene el espacio para proteger los derechos fundamentales que presentaron los recurrentes y que se deben analizar algunas omisiones o conductas tomadas por algunas personas u órganos ante la emergencia ocurrida y resguardar a los afectados, informó El Mercurio de Valparaíso.