Con arraigo nacional quedaron dos funcionarias del Hogar de Niños Providencia, de Limache, las cuales fueron formalizadas por cuasidelito de homicidio debido a su presunta participación en la muerte de un lactante de cuatro meses (en 2014), a quien alimentaron y luego no supervisaron su estado.

De acuerdo a los antecedentes aportados ante el Tribunal de Garantía, la víctima fue encontrada con dificultades para respirar, en estado cianótico, sin que se realizaran o instruyeran maniobras que permitieran mantenerlo con vida y tardíamente se ordenó su traslado al hospital local.

Este caso, se inserta en la investigación nacional sobre el fallecimiento de niños y adolescentes que se encontraban bajo custodia del Estado en centros o residencias del Servicio Nacional de Menores o de sus organismos colaboradores, indagación que dirige el fiscal regional de Los Lagos, Marcos Emilfork.

El fiscal Patricio Poblete, quien forma parte del equipo de persecutores, confirmó que “se formalizó a dos mujeres por un cuasidelito de homicidio de un lactante de cuatro meses. En ese contexto, el tribunal fijó un plazo de investigación de 90 días y al mismo tiempo se fijó la medida cautelar de arraigo nacional».

El persecutor aseguró que «pudimos determinar la responsabilidad de estas dos funcionarias de ese centro, dando cuenta que no se supervisó y no se controló debidamente después de haber alimentado al menor y, producto de esto, se habría asfixiado y habría fallecido al día después en el hospital de Viña».

Cronología de los hechos

Durante la audiencia de formalización se señaló que D.A.A.M.F., nacido el 4 de agosto de 2014, permaneció  por resolución del Juzgado de Familia de La Ligua en la Residencia Hogar de Niños y Niñas Providencia RPP, de Limache, organismo colaborador del Servicio Nacional de Menores.

El 7 de diciembre de 2014, aproximadamente a las 11:00 horas, mientras se encontraba al cuidado de una educadora de trato directo, ésta le dio una mamadera con leche, dejándolo posteriormente en su cuna, sin supervisión.

Cerca de las 12:30 horas, la víctima fue encontrada cianótica, con dificultades para respirar y con obstrucción de sus orificios respiratorios. Luego fue llevado a la sala de enfermería, sin haber realizado o instruir que se realizaran maniobras que permitieran mantenerlo con vida, ordenando tardíamente su traslado al hospital local, llegando la víctima al centro asistencial a las 13:30 horas.

Tras efectuarle masaje cardíaco y ventilaciones, con apoyo mecánico y farmacológico, el niño recuperó pulso, siendo derivado al hospital Gustavo Fricke de Viña del Mar, con daño neurológico irreparable y falleciendo en este lugar el 9 de diciembre de 2014.

A juicio de la Fiscalía, junto al actuar “imprudente y temerario” de la educadora, se suma la conducta de la segunda imputada, la directora del centro, al no haberle realizado o instruir realizar maniobras para mantenerlo con vida de manera inmediata y trasladarlo tardíamente al hospital local, “provocaron la muerte del niño, falleciendo producto de un cuadro asfíctico”.