En condiciones de ser analizado por la Sala del Senado quedó el proyecto que modifica el Código Penal, aumentando las penas para los delitos de cohecho y soborno, que tipifica los delitos de soborno entre particulares y de administración desleal; y la ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho.

Esto, luego que la Comisión Mixta encargada de resolver las discrepancias surgidas entre ambas Cámaras concluyera el despacho de las propuestas, tras varias sesiones de trabajo.

Proyecto 

– Aumentan las penas para los delitos de cohecho y soborno, (ahora las penas parten en los tres años y un día y pueden superar los 10 años).

– En el caso de autoridades políticas y administrativas o bien que ejerzan acciones críticas del Estado, las penas tendrán agravantes.

– Se incorporó una regla de cooperación eficaz (Ministerio Público deberá acreditar) para quien coopere en investigaciones que consistirá en una rebaja en dos grados de la pena. Sin embargo, esta disposición no regirá en el caso de altos cargos.

– Se incluyó una norma que prohíbe a un condenado por estos delitos trabajar en una empresa que tenga contratos con el Estado o con una empresa pública (incluidas las concesionarias y de utilidad pública).