La Corte Suprema acogió un recurso de amparo presentado en favor de un interno de la cárcel de Valparaíso, razón por la que le ordenó a Gendarmería adoptar medidas para evitar futuras agresiones como las que sufrió el interno por parte de funcionarios de la institución.

En fallo unánime, la segunda sala del máximo tribunal consideró injustificado el uso de la fuerza ejecutada por personal del penal, que golpeó a un interno del pabellón de psiquiatría.

La resolución indica que «la necesidad del uso de la fuerza por ese agente estatal no aparece justificada de modo alguno, ni por aquél ni por la institución a la que pertenece».

Si bien, se ha instruido una investigación sumaria por los hechos reseñados y se han comunicados éstos al Ministerio Público, la Corte Suprema determinó que tales medidas «no obstan la procedencia de esta acción constitucional a fin de declarar la ilegalidad de esa actuación, por constituir un atentado a la seguridad individual del amparado».

Por lo tanto, decidió acoger el recurso amparo y declaró la «vulneración de su derecho a la seguridad individual (…) y se declara la ilegalidad de la agresión a la que fue sometido».

Medidas

– Gendarmería deberá adecuar tanto sus protocolos como sus actuaciones a lo establecido en las leyes, en la Constitución y en los tratados internacionales de derechos humanos, especialmente lo dispuesto en la Convención contra la Tortura.

– Deberán adoptar las medidas necesarias para impedir que se repitan actos que importen atentados a la libertad personal y a la seguridad individual de los internos.

– Remitir copia de los resultados de las investigaciones administrativas a la Corte de Apelaciones de Valparaíso, inmediatamente concluidas aquellas.

– No deberán destinar al funcionario sindicado como causante de la agresión -de apellido Saavedra- al módulo 117 del Complejo Penitenciario de Valparaíso ni permitírsele el ingreso al mismo.