La Corte de Apelaciones de Santiago condenó a la empresa Cencosud Administradoras de Tarjetas S.A. al pago de una multa de 45 UTM ($2.128.140), luego que terceros realizaran transacciones con una tarjeta de crédito adicional que pertenecía a una persona que había fallecido seis años antes.

El caso se remonta al año 2016, cuando una consumidora, titular de una tarjeta de crédito se dio cuenta que le estaban cobrando una deuda de $800 mil por transacciones realizadas por terceros mediante una tarjeta adicional, la cual pertenecía a su madre, quien había fallecido en el año 2010.

Tras esta situación, la afectada acudió ante la empresa, pero al no obtener una respuesta favorable, recurrió ante el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), que tras las gestiones y sin que el proveedor diera respuesta, denunció el hecho ante el Segundo Juzgado de Policía Local de Santiago.

En el marco del juicio, si bien la empresa informó que había resuelto el problema, el juez determinó que infringió la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores (LPC), al vulnerar el derecho a la seguridad en el consumo.

Al respecto, el director nacional (s) del organismo, Andrés Herrera, explicó que «este fallo confirma que las empresas deben ser profesionales en la prestación de sus servicios, lo que implica contar con estándares de seguridad, y que en caso de producirse algún hecho que afecte al consumidor, como clonación de tarjetas o fraudes, lo que se espera es que entreguen soluciones rápidas y oportunas».