Durante esta jornada, la Corte Suprema dio a conocer su opinión sobre el recurso de protección presentado el 31 de octubre pasado por Fundación Iguales, donde solicitó a la justicia que el Estado reconociera el vínculo legal entre un hijo y sus madres lesbianas. En esta oportunidad, el tribunal ratificó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, de fines de diciembre de 2017, donde se niega el requerimiento y, por ende, el reconocimiento a ambas mujeres como madres del niño.

Las razones esgrimidas para su negativa son que la madre gestante se sometió a una técnica de reproducción asistida por sí sola y no como familia, lo que -según Iguales- no es efectivo, ya que Gigliola Di Giammarino y Emma de Ramón —integrante del directorio de la Fundación- se sometieron en conjunto a esta técnica con la voluntad procreacional de ambas, además de tener una Unión Civil vigente desde diciembre de 2015 la que es reconocida por el Estado de Chile como una familia.

Fundación Iguales calificó de “contradictorio” el fallo emitido por la Suprema, sobre todo considerando que en febrero dio a conocer su Política de Igualdad de Género y no Discriminación, la cual “es un compromiso claro e inclaudicable para avanzar hacia un modelo de justicia cada vez más inclusiva y respetuosa de la diversidad”, según establece el mismo documento.

El presidente de Fundación Iguales, Juan Enrique Pi, comentó que «nos parece inexplicable que el máximo tribunal del país diga que busca terminar con las discriminaciones hacia la diversidad sexual, y al mismo tiempo falle contra el derecho de un niño recién nacido al reconocimiento legal de su familia”.

Ante la negativa del tribunal, Fundación Iguales anunció que llegarán hasta instancias internacionales para asegurar el pleno reconocimiento de ambas madres como familia del niño. “Esto es un revés en el reconocimiento y protección de las familias diversas. Aún quedan acciones legales que ejercer, y en las próximas semanas anunciaremos nuestros próximos pasos”, explicó Pi.