El Gobierno firmó esta jornada en el Palacio de La Moneda el proyecto de Ley que crea Nuevo Crédito Estatal de Educación Superior, que reemplaza al Crédito con Aval del Estado (CAE).

De esta manera, el crédito estará disponible tanto para CFT, IP y Universidades, que deberán contar con acreditación Avanzada (4 o 5 años) o de excelencia (6 o 7 años). En transición podrán adscribir IES con 2 o más años de acreditación, hasta que se sometan al proceso de acreditación con el nuevo sistema.

El préstamo se otorgará por el arancel efectivo que cobra la institución. El Fisco paga y cubre sólo hasta el arancel regulado (en los términos de la Ley de Educación Superior o la proporción en caso que el estudiante solicite menos) y la diferencia la cubre la IES, pudiendo cobrar su parte sólo después de que el Fisco haya recuperado lo propio.

Vale decir, el estudiante puede cubrir con crédito el total del arancel, pero la IES es responsable por los aranceles por sobre el regulado, asumiendo un riesgo de crédito por dicha proporción. Si transcurridos los 10 años de pago del crédito, el estudiante no ha alcanzado a pagar la deuda con la institución, dicha deuda se extingue.

En cuanto al período de pago, el proyecto establece la obligación de pago del total del crédito (parte fiscal y de la institución) es por 10 años.  Si al cabo de 10 años el saldo insoluto es igual o mayor a 25 UTM se extiende por 5 años adicionales, exclusivamente respecto de la parte del crédito que es responsabilidad del físico.